Resolución 1058/2002

Fecha de disposición29 Octubre 2002
Fecha de publicación29 Octubre 2002
SecciónResoluciones
Número de Gaceta30014

Ministerio de Educación Ministerio de Educación

EDUCACION SUPERIOR

Resolución 1058/2002

Creación del Registro Público de Centros de Investigación e Instituciones de Formación Profesional Superior, a cargo de la Dirección Nacional de Gestión Universitaria. Requisitos para la inscripción. Evaluaciones institucionales externas periódicas. Maestrías y Doctorados organizados mediante convenios entre instituciones universitarias y no universitarias.

Bs. As., 24/10/2002

VISTO el expediente N° 7001/98 del registro del entonces MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION, los artículos 39 y 40 de la Ley N° 24.521 y la Resolución del entonces MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION N° 2156 del 16 octubre de 1998; y

CONSIDERANDO:

Que la norma sustantiva aludida prevé la posibilidad de que Centros de Investigación e Instituciones de Formación Profesional Superior de reconocido nivel y jerarquía puedan impartir enseñanza de posgrado de especialización cuando hayan suscripto convenios con una Institución Universitaria a esos efectos.

Que oportunamente se dictó la Resolución del entonces MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION N° 2156/98 que creaba un Registro para la inscripción de estas instituciones, normativa que a pesar del tiempo no ha tenido aplicación práctica.

Que resulta necesario dar un nuevo marco normativo al que deberán ajustarse las instituciones que pretendan acogerse a la posibilidad que acuerda el referido artículo 39, con la participación de los organismos técnicos y pertinentes para garantizar un juicio técnico sobre el requisito de nivel y jerarquía que pide la norma referida y la debida consideración del convenio con la Institución Universitaria, para garantizar a los terceros la calidad de la oferta educativa que se autorice.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención correspondiente.

Que la presente se dicta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley N° 24.521.

Por ello,

LA MINISTRA DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA

RESUELVE:

TITULO I DEL REGISTRO PUBLICO DE CENTROS DE INVESTIGACION E INSTITUCIONES DE FORMACION PROFESIONAL SUPERIOR Artículos 1 a 8
Artículo 1°

Créase el REGISTRO PUBLICO DE CENTROS DE INVESTIGACION E INSTITUCIONES DE FORMACION PROFESIONAL SUPERIOR, a...

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