Resolución 10/2002

Fecha de disposición11 Septiembre 2002
Fecha de publicación11 Septiembre 2002
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29981

Superintendencia de Seguros de la Nación Superintendencia de Seguros de la Nación

y

Superintendencia de Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones

SEGUROS

Resolución Conjunta 28.925 y 10/2002

Apruébase la póliza de Seguro de Renta Vitalicia en Pesos para los derechohabientes por muerte del trabajador del Régimen de Riesgo del Trabajo y su Nota Técnica, para el supuesto de trabajadores afiliados al Régimen de Capitalización del S.I.J.P.

Bs. As., 5/9/2002

VISTO, el Expte. N° 42.087 del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION la Ley N° 24.557, el Decreto de Necesidad yu Urgencia 1278/2000, el Decreto 410/2001 y

CONSIDERANDO:

Que en el artículo 36° de la Ley 24.557 se prevé que la Superintendencia de Seguros de la Nación tendrá las funciones que le confiere la Ley 20.091 y sus reglamentaciones.

Que para el caso de fallecimiento del trabajador, en los términos de la Ley 24.557, el artículo 9° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1278/2000 amplía el régimen vigente en materia de derechohabientes y extiende el esquema de prestaciones establecido.

Que, en conformidad con el acrecimiento del beneficio previsto para el caso en que los derechohabientes sean los padres del trabajador fallecido, se considera aplicable dicho acrecimiento a todos los derechohabientes del mismo rango involucrados.

Que para el supuesto previsto precedentemente, dichas modificaciones requieren para su aplicación la adecuación de las pólizas de Seguro de Renta Vitalicia para los derecho- habientes por muerte del trabajador afiliados al Régimen de Capitalización, sus respectivos formularios y Nota Técnica.

Que a efectos de facilitar su implementación, resulta conveniente establecer modelos de póliza cuyo uso será obligatorio para las entidades que operen en las coberturas de Rentas del Régimen de Riesgos del Trabajo.

Que, en consecuencia, para los fallecimientos que provienen de contingencias en las cuales corresponda la aplicación del Decreto 1278/00, corresponderá aplicar los nuevos elementos técnicos contractuales.

Que hasta tanto la Superintendencia de Seguros de la Nación defina la tasa testigo para las pólizas de Seguro de Rentas Vitalicias...

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