Resolución 623/2002

Fecha de disposición25 Julio 2002
Fecha de publicación25 Julio 2002
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29948

Servicio Nacional de Sanidad Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

SANIDAD ANIMAL

Resolución 623/2002

Plan de Erradicación de Fiebre Aftosa y de vacunación antibrucélica. Establécese que los Entes Sanitarios Locales deberán adecuar la estructura y funcionamiento de su Grupo Operativo.

Bs. As., 23/7/2002

VISTO el expediente Nº 5816/2002 del registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, las Leyes Nros. 24.305 y 24.696, el Decreto Nº 643 del 19 de junio de 1996, la Resolución Nº 108 del 16 de febrero de 2001 del registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, las Resoluciones Nros. 5 del 6 de abril de 2001, 33 del 4 de enero de 2002 y 150 del 6 de febrero de 2002, todas del registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 24.305 implementa el Programa Nacional de Lucha contra la Fiebre Aftosa, autorizando la creación de los Entes Sanitarios Locales.

Que el Decreto Nº 643 del 19 de junio de 1996, reglamenta la Ley mencionada precedentemente.

Que la Ley Nº 24.696, declara de interés nacional el control y erradicación de la enfermedad reconocida como Brucelosis (Brucella Abortus) en la especie bovina y convalida las fundaciones y entes de lucha existentes.

Que el Artículo 12 de la Ley Nº 24.696 faculta al SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA a delegar las acciones de control de la vacunación en entidades, según lo acuerde, para dar cumplimiento a los objetivos establecidos en la citada Ley.

Que por la Resolución Nº 108 del 16 de febrero de 2001 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION se crea el Registro de Entes Sanitarios, el que funciona en el ámbito de la Dirección Nacional de Sanidad Animal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y se determinan las condiciones de su funcionamiento y responsabilidades.

Que la Resolución Nº 5 del 6 de abril del 2001 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, aprueba el Plan de Erradicación de la Fiebre Aftosa.

Que la Resolución Nº 33 del 4 de enero de 2002 regula los mecanismos mediante los que se realizará la supervisión oficial de los planes de vacunación antiaftosa ejecutados por los entes sanitarios.

Que la Resolución Nº 150 del 6 de febrero de 2002 determina la vacunación simultánea contra la Fiebre Aftosa y la Brucelosis y prescribe los procedimientos particulares a implementar en este sentido.

Que por las citadas normativas se reglamenta la organización y el desenvolvimiento operativo de los Entes Sanitarios Locales.

Que es necesario el ordenamiento de la estructura operativa de cada Fundación o Ente Sanitario, quienes serán los encargados de...

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