Resolución 1297/2002

Fecha de disposición11 Junio 2002
Fecha de publicación11 Junio 2002
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29918

Administración Federal de Ingresos Públicos Administración Federal de Ingresos Públicos

IMPUESTOS

Resolución General 1297

Impuesto Adicional de Emergencia sobre el Precio de Venta de Cigarrillos. Ley N° 24.625, su modificatoria y complementarios. Resolución General N° 4123 (DGI) y sus modificaciones. Su modificación.

Bs. As., 7/6/2002

VISTO la Ley N° 24.625, su modificatoria y complementarios, el Decreto N° 861, de fecha 23 de mayo de 2002 y la Resolución General N° 4123 (DGI) y sus modificaciones, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 861/02 prorroga hasta el 31 de diciembre de 2003, inclusive, la aplicación de la alícuota del siete por ciento (7%) para la determinación del Impuesto Adicional de Emergencia sobre el Precio de Venta de Cigarrillos previsto por la Ley N° 24.625, su modificatoria y complementarios.

Que en tal sentido, a fin de receptar la mencionada prórroga, resulta necesario adecuar la Resolución General N° 4123 (DGI) y sus modificaciones, que establece los requisitos, plazos y demás condiciones para la liquidación e ingreso del gravamen.

Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación y de Programas y Normas de Recaudación.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 11 de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, y el artículo 7° del Decreto N° 618, de fecha 10 de julio de 1997 y sus complementarios.

Por ello,

EL...

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