Resolución 1096/2010
Emisor | Secretaria de Trabajo |
Fecha de la disposición | 10 de Septiembre de 2010 |
Viernes 10 de setiembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 31.984 74
ACTA ACUERDO A los 20 dÃas del mes de mayo de 2010 entre, por una parte, el Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor de la República Argentina en adelante SMATA, con domicilio en Belgrano 665, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por Ricardo Desimone, Osvaldo Favio Farias y Rubén Gentili, que firman al pie; y por la otra parte, la empresa SACTA S.A., con domicilio en Av. Coronel Roca 4590, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representadas en este acto por Oscar Ricardo Perez, Fernando López Balastegui y Gabriela Manrique y, quienes también firman al pie se celebra el siguiente Acuerdo de Partes:
El presente es parte del CCT SMATA/CAVEA 455/06 celebrado el dÃa 17 de mayo de 2010.
Las partes de acuerdo con lo previsto en el párrafo tercero (Actividad y CategorÃa de Trabajadores a que se refiere), del convenio SMATA/CAVEA 455/06, dejan constancia de las condiciones que se regirán para el personal convencionado de SACTA S.A. hasta el 31 de diciembre de 2010.
CLAUSULA 1: A partir del 1 de julio de 2010, los trabajadores recibirán mensualmente un 10% del valor que corresponda por sueldo básico, adicional transición, asignación no remunerativa CCT 455/06 junio 2008 y asignación no remunerativa CCT 455/06 junio 2009.
CLAUSULA 2: La asignación acordada en el artÃculo anterior se pacta con carácter no remunerativo, por el término del acuerdo que se celebra.
CLAUSULA 3: SACTA S.A. cumplirá en relación con la asignación no remunerativa acordada con lo establecido en la cláusula 6'º del convenio entre CAVEA y SMATA del 30 de junio de 2009.
Ambas partes solicitan su registro y homologación como tal, siendo el mismo de cumplimiento inmediato.
Se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N'º1096/2010
Registro N'º1130/2010
Bs. As., 5/8/2010
VISTO el Expediente N'º1.384.526/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'º14.250 (t.o. 2004), la Ley N'º20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:
Que a fojas 10 del Expediente N'º 1.389.727/10 agregado como fojas 60 al Expediente N'º 1.384.526/10, obra el Acuerdo celebrado, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N'º76/75, entre la UNION OBRERA DE LA CONSTRUCCION DE LA REPUBLICA ARGENTINA, la CAMARA ARGENTINA DE LA CONSTRUCCION, la FEDERACION...
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