Resolución 15/2002
Fecha de disposición | 29 Abril 2002 |
Fecha de publicación | 29 Abril 2002 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 29887 |
Secretaría de Transporte Secretaría de Transporte
TRANSPORTE INTERNACIONAL DE CARGAS POR CARRETERA
Resolución 15/2002
Normas para la tramitación de solicitudes de autorizaciones originarias o complementarias para el transporte internacional de cargas por carretera comprendidas en el Acuerdo de Transporte Internacional Terrestre, aprobado en el marco de la Asociación Latinoamericana de Integración (A.L.A.D.I.).
Bs. As., 24/4/2002
VISTO el Expediente N° S01:0161481/2002 del Registro del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución N° 263 de fecha 16 de noviembre de 1990 de la ex-SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE del ex-MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, se hizo efectiva la puesta en vigencia del ACUERDO DE TRANSPORTE INTERNACIONAL TERRESTRE inscripto como ACUERDO DE ALCANCE PARCIAL en el marco de la ASOCIACION LATINOAMERICANA DE INTEGRACION (A.L.A.D.I.), conforme con los mecanismos del TRATADO DE MONTEVIDEO de 1980.
Que en el Acuerdo fueron establecidos los principios básicos para la tramitación de las solicitudes de autorizaciones originarias y complementarias estableciéndose asimismo que el organismo de aplicación es hoy la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, la que debe emitir los actos administrativos de las autorizaciones.
Que habida cuenta de la experiencia obtenida en la aplicación de la Resolución N° 48 de fecha 23 de agosto de 1995 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del ex-MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la que se tradujo en una duplicidad de la actividad administrativa y una demora permanente en el dictado de las autorizaciones, no lográndose los objetivos propuestos de simplificación, fluidez y facilitación de los trámites administrativos.
Que en consecuencia resulta necesario originar un nuevo procedimiento para las tramitaciones conforme a la Ley N° 24.653, al ACUERDO DE TRANSPORTE INTERNACIONAL TERRESTRE y en correspondencia a los compromisos asumidos en las reuniones bilaterales, multilaterales y del MERCADO COMUN DEL SUR -MERCOSUR-, todo de acuerdo a los principios de celeridad, economía y sencillez de la Ley N° 19.549.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete.
Que en virtud del artículo 5° de la Ley N° 24.653, la SECRETARIA DE TRANSPORTE es la Autoridad Competente que tiene las funciones y facultades para dictar las normas reglamentarias.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRANSPORTE
RESUELVE:
La tramitación de las solicitudes de autorizaciones originarias o complementarias para el transporte internacional de cargas por carretera comprendidas en el ACUERDO DE TRANSPORTE INTERNACIONAL TERRESTRE, aprobado como ACUERDO DE ALCANCE PARCIAL en el marco de la ASOCIACION LATINOAMERICANA DE INTEGRACION (A.L.A.D.I.), se regirán de acuerdo a los principios y procedimientos establecidos en la presente resolución.
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