Resolución 246/2002

Fecha de disposición22 Abril 2002
Fecha de publicación22 Abril 2002
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29882

Administración de Programas Especiales Administración de Programas Especiales

AGENTES DEL SEGURO DE SALUD

Resolución 246/2002

Normas para el otorgamiento de subsidios para la compra de vacunas antigripales con las cepas recomendadas por la Organización Mundial de la Salud para el Hemisferio Sur - año 2002.

Bs. As., 18/4/2002

VISTO el artículo 24 de la Ley 23.661, la Ley N° 25.561 y el Decreto 486/02; y

CONSIDERANDO:

Que el artículo citado en el VISTO dispone que los recursos del Fondo Solidario de Redistribución, serán aplicados, entre otros fines, a la financiación de planes y programas para la salud destinados a los beneficiarios del Sistema.

Que atento la cercanía de la temporada invernal la Administración de Programas Especiales ha puesto en marcha la Campaña 2002 del Plan de Vacunación Antigripal para los beneficiarios mayores de sesenta y cinco años o con patologías predisponentes.

Que la gravísima crisis económica y financiera por la que atraviesa nuestro país ha comprometido tanto la capacidad de financiamiento de los Agentes del Seguro de Salud como las disponibilidades presupuestarias con las que cuenta el Fondo Solidario de Redistribución.

Que en atención a las acuciantes necesidades sanitarias por las que atraviesa la totalidad de la población del Sistema, se hace necesario instrumentar un mecanismo rápido de subsidios para la compra y aplicación de las dosis de vacunas antigripales con las cepas recomendadas por la Organización Mundial de la Salud para el Hemisferio Sur - año 2002 suficientes para los Agentes del Seguro de Salud que lo requieran.

Que a efectos de garantizar la mejor utilización de los escasos recursos disponibles, es conveniente fijar un valor máximo de referencia por cada vacuna aplicada hasta el que financiará la Administración de Programas Especiales, que los Agentes del Seguro de Salud podrán utilizar como herramienta de negociación al momento de la compra y consecuente aplicación de las dosis de vacunas.

Que, a tal fin se realizó un exhaustivo y pormenorizado estudio de mercado y de la compulsa de precios se determinó como valor de reembolso la suma de Pesos nueve ($ 9.-) por vacuna efectivamente aplicada.

Que, a efectos de evitar el riesgo de la provisión de dosis, debido a deudas mantenidas por los Agentes del Seguro con los proveedores, se hace necesario asegurar el financiamiento, asumiendo, la Administración de Programas Especiales el compromiso de abonar directamente al prestador el monto otorgado por la Resolución respectiva.

Que la Gerencia de Prestaciones y el servicio jurídico de la Administración de Programas Especiales han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los Decretos Nros. 53/98 y 167/02 P.E.N.

Por ello

EL INTERVENTOR DE LA ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES

RESUELVE:

Artículo 1°

Otorgar a los...

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