Resolución 851/2001

Fecha de disposición04 Febrero 2002
Fecha de publicación04 Febrero 2002
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29830

MINISTERIO PUBLICO DE LA DEFENSA MINISTERIO PUBLICO DE LA DEFENSA

DEFENSORIA GENERAL DE LA NACION

Resolución D.G.N. N° 851/2001

Bs. As., 27/12/2001

VISTO los arts. 5 y 6 de la Ley 24.946 y la Res. D.G.N. N° 936/98, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario cubrir las vacantes producidas de Defensor Auxiliar de la Defensoría General, Defensor Público de Menores e Incapaces de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Capital Federal -Defensoría N° 7- y Defensor Público Oficial ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná.

Que, en consecuencia, deben implementarse los mecanismos pertinentes a fin de proveer a la realización de los concursos públicos de oposición y antecedentes para la elaboración de la terna de candidatos que deberá remitirse al Poder Ejecutivo Nacional, en los términos del arts. 5 y 6 de la Ley 24.946 y la Res. DGN N° 936/98.

Por ello,

EL DEFENSOR GENERAL DE LA NACION

RESUELVE:

  1. CONVOCAR A CONCURSO PARA CUBRIR LOS CARGOS VACANTES de Defensor Auxiliar de la Defensoría General de la Nación, producida el 23 de noviembre de 2001 (Res. DGN 771/01); Defensor Público de Menores e Incapaces de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Capital Federal -Def. N° 7-, producida el 1° de diciembre de 2001 (Res. DGN 765/01) y Defensor Público Oficial ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná, Provincia de Entre Ríos, producida el 1° de diciembre de 2001 (Res. DGN 779/01).

  2. REQUISITOS:

    1. Para el cargo de Defensor Auxiliar de la Defensoría General de la Nación, se requiere ser ciudadano argentino, mayor de edad y tener dos (2) años de ejercicio efectivo en el país en la profesión de abogado o de cumplimiento -por igual término- de funciones en el Ministerio Público o en el Poder Judicial de la Nación o de las provincias con por los menos dos (2) años de antigüedad en el título de abogado (cfme. art. 7, 4to. párrafo, Ley 24.946).

    2. Para el cargo de Defensor Público de Menores e Incapaces de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Capital Federal, se requiere ser ciudadano argentino, tener veinticinco (25) años de edad y contar con cuatro (4) años de ejercicio efectivo en el país de la profesión de abogado o de cumplimiento -por igual término- de funciones en el Ministerio Público o en el Poder Judicial con por lo menos cuatro (4) años de antigüedad en el título de abogado (cfme. art. 7. 3er. párrafo, Ley 24.946).

    3. Para el cargo de Defensor Público Oficial ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR