Resolución 851/2001
Fecha de disposición | 04 Febrero 2002 |
Fecha de publicación | 04 Febrero 2002 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 29830 |
MINISTERIO PUBLICO DE LA DEFENSA MINISTERIO PUBLICO DE LA DEFENSA
DEFENSORIA GENERAL DE LA NACION
Resolución D.G.N. N° 851/2001
Bs. As., 27/12/2001
VISTO los arts. 5 y 6 de la Ley 24.946 y la Res. D.G.N. N° 936/98, y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario cubrir las vacantes producidas de Defensor Auxiliar de la Defensoría General, Defensor Público de Menores e Incapaces de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Capital Federal -Defensoría N° 7- y Defensor Público Oficial ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná.
Que, en consecuencia, deben implementarse los mecanismos pertinentes a fin de proveer a la realización de los concursos públicos de oposición y antecedentes para la elaboración de la terna de candidatos que deberá remitirse al Poder Ejecutivo Nacional, en los términos del arts. 5 y 6 de la Ley 24.946 y la Res. DGN N° 936/98.
Por ello,
EL DEFENSOR GENERAL DE LA NACION
RESUELVE:
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CONVOCAR A CONCURSO PARA CUBRIR LOS CARGOS VACANTES de Defensor Auxiliar de la Defensoría General de la Nación, producida el 23 de noviembre de 2001 (Res. DGN 771/01); Defensor Público de Menores e Incapaces de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Capital Federal -Def. N° 7-, producida el 1° de diciembre de 2001 (Res. DGN 765/01) y Defensor Público Oficial ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná, Provincia de Entre Ríos, producida el 1° de diciembre de 2001 (Res. DGN 779/01).
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REQUISITOS:
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Para el cargo de Defensor Auxiliar de la Defensoría General de la Nación, se requiere ser ciudadano argentino, mayor de edad y tener dos (2) años de ejercicio efectivo en el país en la profesión de abogado o de cumplimiento -por igual término- de funciones en el Ministerio Público o en el Poder Judicial de la Nación o de las provincias con por los menos dos (2) años de antigüedad en el título de abogado (cfme. art. 7, 4to. párrafo, Ley 24.946).
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Para el cargo de Defensor Público de Menores e Incapaces de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Capital Federal, se requiere ser ciudadano argentino, tener veinticinco (25) años de edad y contar con cuatro (4) años de ejercicio efectivo en el país de la profesión de abogado o de cumplimiento -por igual término- de funciones en el Ministerio Público o en el Poder Judicial con por lo menos cuatro (4) años de antigüedad en el título de abogado (cfme. art. 7. 3er. párrafo, Ley 24.946).
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Para el cargo de Defensor Público Oficial ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal...
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