Resolución 113/2002

Fecha de disposición25 Enero 2002
Fecha de publicación25 Enero 2002
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29824

Servicio Nacional de Sanidad y Calidad (Nota Infoleg: Norma abrogada por art. 3° de la Resolución N° 10/2004 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria B.O. 16/1/2004).

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Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

SANIDAD ANIMAL

Resolución 113/2002

Dispónese que la Dirección Nacional de Sanidad Animal deberá, mensualmente, inspeccionar los establecimientos de tambo y engorde de bovinos a corral, siguiendo los procedimientos que a tales efectos dispongan la Dirección de Cuarentena Animal y la Coordinación General de Equipos Integrales y Fiscalización e Infracciones Sanitarias (EIFIS).

Bs. As., 18/1/2002

VISTO el expediente N° 14.510/2001 del registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, las Resoluciones Nros. 611 del 2 de octubre de 1996, 252 del 12 de mayo de 1995 del ex SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución mencionada en el Visto se prohibió, en todo el Territorio Nacional, la administración con fines alimenticios o suplementarios de proteínas cuyo origen sea de animales rumiantes, a los animales rumiantes, acción que había sido adoptada por el ex SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL, mediante la Resolución N° 252 del 12 de mayo de 1995.

Que tal acción, adoptada con anterioridad al hallazgo de casos humanos de la enfermedad denominada variante de Creutzfeld Jacobs, colocó a la REPUBLICA ARGENTINA entre los países de mejor condición, en cuanto a la capacidad de ofrecer garantías sanitarias relacionadas con la ausencia de factores de riesgo de la enfermedad, resultando una cuestión de alta prioridad mantener tal situación epidemiológica.

Que a tales efectos, y conforme los conocimientos sobre la epidemiología de la enfermedad, las acciones de prevención deben involucrar: a) la prevención del ingreso de la enfermedad al país; b) la vigilancia epidemiológica y c) la prevención del reciclado de proteínas de rumiantes, que se utilizan en los rumiantes.

Que respecto del último factor, mencionado en el considerando anterior, corresponde asegurar el cumplimiento de las normas mencionadas en el Visto y sancionar con la mayor severidad a los infractores de las mismas, determinándose, a tales efectos, la conveniencia de ejecutar distintas acciones de vigilancia...

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