Resolución 31/2000
Fecha de disposición | 12 Abril 2000 |
Fecha de publicación | 12 Abril 2000 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 29378 |
Organo de Control de las Concesiones de la Red de Accesos a la Ciudad de Buenos Aires Organo de Control de las Concesiones de la Red de Accesos a la Ciudad de Buenos Aires
PEAJE
Resolución 31/2000
Apruébanse la Tarifa de Peaje Proporcional para el cobro de Peaje y el Cuadro Tarifario que se aplicarán en la Autopista Ezeiza-Cañuelas del Acceso Ricchieri.
Bs. As., 7/4/2000
VISTO el Expediente Nº 213/2000 y agregado acumulado Nº 387/2000, ambos del registro del ORGANO DE CONTROL DE LAS CONCESIONES DE LA RED DE ACCESOS A LA CIUDAD DE BUENOS AIRES (OCRABA), el Decreto Nº 2637 de fecha 29 de diciembre de 1992 y la Resolución de la Secretaría de Obras Públicas Nº 20 de fecha 6 de abril de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 20 de fecha 6 de abril de 2000, la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS dispuso la habilitación al cobro de peaje proporcional, el tramo Acceso a Vicente Casares- Empalme Ruta Nacional Nº 205 de la AUTOPISTA EZEIZA-CAÑUELAS que forma parte del ACCESO RICCHIERI, de conformidad a lo previsto en los Puntos 9.1. de la CLAUSULA NOVENA y 14.6. de la CLAUSULA DECIMO CUARTA del Contrato de Concesión de dicho Acceso, aprobado por el Decreto Nº 1167 del 15 de julio de 1994.
Que a tales fines, la autoridad superior dispuso que este Organo de Control determinara la tarifa de peaje que corresponda, tomando en cuenta para ello: (a) la tarifa determinada de conformidad a la encomienda contenida en el artículo 1º de la Resolución de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Nº 224 de fecha 20 de octubre de 1999, (b) lo establecido por el artículo 5º, inciso a) del Decreto Nº 2637 de fecha 29 de diciembre de 1992 y, (c) la fórmula matemática contenida en el Artículo SEXTO del CONVENIO MODIFICATORIO del Contrato de Concesión del ACCESO RICCHIERI, aprobado por Resolución del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 522 de fecha 13 de noviembre de 1995.
Que en concordancia con ello, el artículo 1º de la Resolución citada en el Visto, estableció que la empresa concesionaria debía presentar, de conformidad con lo previsto en el Punto 8.4. de la Cláusula Octava del Contrato de Concesión, el Cuadro Tarifario correspondiente a la Tarifa de peaje proporcional para la Autopista Ezeiza-Cañuelas.
Que por Nota Nº 704/00 de fecha 7 de abril de 2000, la empresa AEC SOCIEDAD ANONIMA, adjunta Cuadro Tarifario e individualiza los montos de obra ejecutada a los efectos de aplicar la...
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