Resolución 52/2000

Fecha de disposición11 Febrero 2000
Fecha de publicación11 Febrero 2000
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29335

Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

PESCA

Resolución 52/2000

Dispónese una parada biológica en puerto, por el término de treinta días, para determinadas embarcaciones que hayan realizado durante los últimos tres años capturas de merluza común en una proporción mayor al diez por ciento de su captura anual.

Bs. As., 8/2/2000

VISTO el Expediente Nº 800-000351/2000 del registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, la Resolución Nº 24 de fecha 30 de diciembre de 1999 de la citada Secretaría, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución citada en el Visto ha limitado el esfuerzo y las capturas de la especie merluza común (Merluccius hubbsi) hasta el 31 de marzo de 2000, a niveles compatibles con su sustentabilidad, atento al grave estado de emergencia por el que atraviesa la pesquería de dicha especie.

Que esa reducción del esfuerzo y de las capturas se corresponde con el criterio precautorio que debe prevalecer para la adopción de medidas de ordenación y manejo de los recursos pesqueros, recomendado por el Código de Conducta para la Pesca Responsable de la ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA AGRICULTURA Y LA ALIMENTACION (FAO) habiéndose, además, considerado la incidencia social que tiene la medida.

Que durante el período considerado por la Resolución Nº 24 de fecha 30 de diciembre de 1999 del registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACIóN es aconsejable que la flota pesquera autorizada a capturar la merluza común (Merluccius hubbsi) como especie objetivo en el área situada al Norte del paralelo 48° 00' de Latitud Sur desarrolle sus tareas de manera ordenada y racional, para lo cual se hace necesario regular el esfuerzo y las capturas de cada embarcación.

Que un período de TRES (3) años consecutivos es un término razonable para determinar la actividad principal y la composición de las capturas de cada embarcación pesquera.

Que la información de las declaraciones de los desembarques de la especie en cuestión registradas ante la DIRECCION NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA de esta Secretaría indican que al 31 de enero de 2000 las capturas de merluza común (Merluccius hubbsi) han llegado un nivel tal que, de continuarse con esta tendencia, pondría en serio riesgo el logro del objetivo de recuperación del recurso previsto en el Decreto Nº 189 de fecha 30 diciembre de...

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