Resolución 721/1999

Fecha de disposición19 Noviembre 1999
Fecha de publicación19 Noviembre 1999
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29276

Administración Federal de Ingresos Públicos (Nota Infoleg: norma abrogada por art. 2° de la Resolución General N°1800/2004 AFIP B.O. 29/12/2004)

Administración Federal de Ingresos Públicos

ADUANAS

Resolución General 721/99

Avisos de Carga. Procedimiento de registro y trámite.

Bs. As., 18/11/99

VISTO la implementación del Sistema Informático MARIA (S.I.M.) en todo el territorio de la República Argentina y,

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario adecuar los procedimientos que se desarrollan en forma manual a los medios informáticos existentes.

Que con el objeto de simplificar y agilizar el trámite de recepción de "Avisos de Carga", que realiza la Dirección de Inteligencia Fiscal y Aduanera, resulta pertinente la implementación de herramientas informáticas para tal fin.

Que han tomado intervención la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, la Subdirección General de Fiscalización, la Dirección de Inteligencia Fiscal y Aduanera y la Subdirección General de Recaudación.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por los Artículos 7º y 9º del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de 1997.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

ARTICULO 1º

Aprobar el ANEXO I "ADUANAS Y SUBREGIMENES ALCANZADOS", el ANEXO II "PROCEDIMIENTO DE REGISTRO Y TRAMITE DEL AVISO DE CARGA" y el ANEXO III "MANUAL DEL USUARIO", que forman parte integrante de la presente.

ARTICULO 2º

La presente resolución rige para las Aduanas y Subregímenes mencionados en el ANEXO I para operaciones de carga que se realicen a partir del día 22/11/1999.

ARTICULO 3º

Se deja sin efecto toda otra normativa que reglamente el trámite y presentación del "Aviso de Carga".

ARTICULO 4º

La presente Resolución General no alcanza a los Importadores/ Exportadores incluidos en el régimen normado por Resolución Gral. Nº 596/99 (AFIP).

ARTICULO 5º

Regístrese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación, y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Cumplido, archívese. - Carlos Silvani.

ANEXO I

ADUANAS Y SUBREGIMENES ALCANZADOS

1 ADUANAS ALCANZADAS

El procedimiento será de aplicación en las Aduanas de Buenos Aires y Ezeiza.

2 SUBREGIMENES ALCANZADOS

Es de aplicación para los siguientes Subregímenes:

2.1 Solicitud de Destinación Definitiva de Exportación a Consumo, excepto las conversiones definitivas de destinaciones suspensivas de exportación...

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