Resolución 27034/1999

Fecha de disposición22 Octubre 1999
Fecha de publicación22 Octubre 1999
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29256

MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION

Resolución Nº 27.034/99

Bs. As., 12/10/99

VISTO las presentaciones efectuadas por la “Asociación Argentina de Compañías de Seguros” y por “Aseguradores del Interior de la República Argentina” y;

CONSIDERANDO:

Que en el punto 39.5.1.4.4. del Reglamento General de la Actividad Aseguradora se estipulan los criterios a tener en cuenta para constituir los siniestros Pendientes correspondientes a juicios con importes demandados total o parcialmente indeterminados;

Que, en virtud de lo establecido por Circular Nº 3550, el mismo criterio es también utilizado para valuar mediaciones cuyos importes poseen las mismas características;

Que por la experiencia recogida durante la vigencia del aludido sistema se considera que resulta necesario, para una más adecuada valuación del rubro, que las mediaciones con importes total o parcialmente indeterminados sean valuadas en forma separada de los juicios;

Que la norma propuesta se aplicará exclusivamente en el ramo Automotores para las coberturas de Daños al Vehículo y Responsabilidad Civil por Daños a Cosas, en función del valor promedio de las restantes mediaciones con determinación en su monto, que integren el pasivo por Siniestros Pendientes de la aseguradora al cierre del respectivo ejercicio o período intermedio.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 67 de la Ley Nº 20.091,

Por ello;

EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACION

RESUELVE:

ARTICULO 1º

Agrégase a continuación del punto 39.5.1.4.4. del Reglamento General de la Actividad Aseguradora el siguiente texto:

“Las mediaciones existentes en el ramo Automotores (correspondientes a Daños al Vehículo y Responsabilidad Civil por Daños a Cosas, exclusivamente) con importes total o parcialmente indeterminados, se contabilizarán por el valor promedio que arroje el pasivo...

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