Resolución 509/1999

Fecha de disposición29 Julio 1999
Fecha de publicación29 Julio 1999
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29197

Secretaría de Industria, Comercio y Minería Secretaría de Industria, Comercio y Minería

COMERCIO EXTERIOR

Resolución 509/99

Declárase procedente la apertura de investigación relativa a la existencia de dumping en operaciones de papel y cartón estucados originarias de la República de Austria, República Italiana, España, República de Polonia, República de Sudáfrica y Suecia.

Bs. As., 27/7/99

B.O: 29/7/99

VISTO el Expediente Nº 061000907/99 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el expediente citado en el VISTO la ASOCIACION DE FABRICANTES DE CELULOSA Y PAPEL peticionó el inicio de una investigación por presunto dumping en operaciones de exportación hacia la REPUBLICA ARGENTINA de papel y cartón estucados por UNA (1) o las DOS (2) caras con caolín u otras sustancias inorgánicas, con aglutinante o sin él, con exclusión de cualquier otro estucado o recubrimiento, incluso coloreados o decorados en la superficie o impresos, en bobinas (rollos) o en hojas de gramaje superior a DOSCIENTOS GRAMOS POR METRO CUADRADO (200 gr/m2.), con grado de blancura superior al SESENTA POR CIENTO (60%), espesor comprendido entre DOSCIENTAS VEINTICINCO (225) Y QUINIENTAS OCHO (508) micras y un contenido de cenizas superior al TRES POR CIENTO (3%), tipo dúplex para la elaboración de envases, originarias de la REPUBLICA DE AUSTRIA, REPUBLICA ITALIANA, ESPAÑA, REPUBLICA DE POLONIA, REPUBLICA DE SUDAFRICA Y SUECIA, las que se despachan a plaza por las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR N.C.M. 4810.12.90 y 4810.29.00.

Que según lo establecido por el artículo 6º del Decreto Nº 1326 de fecha 10 de noviembre de 1998, la SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR dependiente de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS con fecha 28 de abril de 1999, se expidió favorablemente acerca de la representatividad del solicitante dentro de la rama de la producción nacional.

Que de conformidad a los antecedentes agregados al expediente citado en el VISTO, la Dirección de Competencia Desleal, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR, para establecer un valor normal comparable, aceptó la información aportada por la solicitante sobre los precios de mercado interno en los SEIS (6) orígenes involucrados que fueran obtenidos de un estudio de mercado realizado por la consultora finlandesa JAAKKO PÖYRY.

Que el precio de exportación FOB se obtuvo de la información aportada por la solicitante y de los listados de importación suministrados por la Dirección General de Administración, Delegación II, Unidad Informática de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA.

Que en base a las pruebas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR