Resolución 400/1999

Fecha de disposición28 Julio 1999
Fecha de publicación28 Julio 1999
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29196

Secretaría de Energía Secretaría de Energía

ENERGIA ELECTRICA

Resolución 400/99

Suspéndese en el Mercado Eléctrico Mayorista del Sistema Patagónico la vigencia y aplicación del apartado relativo a Grandes Usuarios Interrumpibles de los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios establecidos en la Resolución Nº 61/92 ex-SEE.

Bs. As., 21/7/99

VISTO el Expediente Nº 750-001717/99 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que las particulares condiciones que presenta el MERCADO ELECTRICO MAYORISTA DEL SISTEMA PATAGONICO (MEMSP) requirieron y requieren adecuar, hasta la vinculación eléctrica de su Sistema con el resto del SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXION (SADI) en Extra Alta Tensión, la aplicación de Los PROCEDIMIENTOS PARA LA PROGRAMACION DE LA OPERACION, EL DESPACHO DE CARGAS, Y EL CALCULO DE PRECIOS (LOS PROCEDIMIENTOS) establecidos en la Resolución ex-SECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA Nº 61 del 29 de abril de 1992, sus modificatorias y complementarias.

Que la existencia de tales particularidades se hizo explícita en el Artículo 8º de la Resolución ex-SECRETARIA DE ENERGIA Nº 137 del 30 de noviembre de 1992, y en los considerandos de la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Nº 163 del 3 de diciembre de 1992.

Que el Artículo 6º de la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Nº 212 del 20 de julio de 1993 prevé un régimen especial de reserva de potencia para la hipótesis de riesgo de falla y/o necesidad de realizar reducciones a la demanda en el MERCADO ELECTRICO MAYORISTA DEL SISTEMA PATAGONICO.

Que tal régimen aparece superpuesto con el régimen general establecido en el apartado 2.5.1.2. de LOS PROCEDIMIENTOS, debiendo prevalecer aquél por su particular adecuación a las condiciones del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA DEL SISTEMA PATAGONICO, hasta su interconexión.

Que, por otra parte, atendiendo al problema de desadaptación entre los módulos de oferta y de demanda en el área y hasta la interconexión del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA DEL SISTEMA PATAGONICO con el resto del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA, es conveniente definir el porcentaje de Reserva Rotante no Regulante que, teniendo en cuenta los límites de transporte, puede ser efectivamente utilizado por todos los usuarios de aquél.

Que por lo expuesto y demás restricciones existentes en el MERCADO ELECTRICO MAYORISTA DEL SISTEMA PATAGONICO como...

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