Resolución 63/1999

Fecha de disposición28 Junio 1999
Fecha de publicación28 Junio 1999
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29175

Resolución 63/99 del 12/5/99 Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

CARNES

Resolución 63/99

Redistribución de un porcentaje del cupo tarifario de cortes enfriados vacunos sin hueso de alta calidad, otorgado por la Unión Europea a nuestro país para un determinado período del año en curso.

Bs. As., 12/5/99

VISTO el expediente Nº 800-000052/99 del registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, la Resolución Nº 443 del 10 de julio de 1997 y su modificatoria Nº 403 del 8 de julio de 1998, ambas del mismo registro, en punto al cupo tarifario de cortes enfriados vacunos de alta calidad asignado a nuestro país por la UNION EUROPEA, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución Nº 403/98 en su artículo 1º establece que las empresas frigoríficas que al 31 de marzo de 1999, no hubieren exportado, por lo menos el OCHENTA Y CINCO POR CIENTO (85%) del cupo base asignado, perderán los derechos al tonelaje entre lo efectivamente embarcado y lo resultante de la aplicación de estos porcentajes sobre dicha cuota, el que será redistribuido entre las restantes empresas habilitadas, excepto las empresas que se encuentran bajo el régimen de "Planta Nueva", los Proyectos y las empresas que han sub-ejecutado la cuota asignada dentro de los plazos establecidos en el citado artículo.

Que en el Anexo I que integra la presente resolución, se detallan las empresas que han sub-ejecutado el OCHENTA Y CINCO POR CIENTO (85%) del cupo base asignado.

Que del total de TRESCIENTAS OCHENTA Y SEIS TONELADAS CON QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO KILOGRAMOS (386,545 tns.) a redistribuir se deducen DOSCIENTAS CUARENTA Y CUATRO TONELADAS CON CUATROCIENTOS ONCE KILOGRAMOS (244,411 tns.) destinadas a cubrir adicionales de medidas cautelares, compensaciones del período 1º de julio de 1997 al 30 de junio de 1998, complementos de embarques, y rectificaciones de asignaciones de cuotas del presente período, conforme lo consignado en el Anexo III que forma parte integrante de la presente resolución.

Que en el Anexo II que forma parte integrante de la presente resolución, se detallan las empresas adjudicatarias.

Que se ha practicado el examen de los antecedentes correspondientes a las empresas que se encuentran en condiciones de acceder a la asignación de los saldos de cuota mencionados.

Que asimismo y una vez ponderados dichos antecedentes, se procedió a aplicar los parámetros determinados por la Resolución...

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