Resolución 78/1999
Fecha de disposición | 24 Junio 1999 |
Fecha de publicación | 24 Junio 1999 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 29173 |
Resolución 78/99 del 18/6/99 Secretaría de la Función Pública
ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL
Resolución 78/99
Modifícase el formulario aprobado por Resolución Nº 3/99 que deberá presentar el personal que acredite la condición de ex-combatiente, a fin de acceder a un complemento mensual previsto por el Decreto Nº 1244/98.
Bs. As., 18/6/99
VISTO el Decreto Nº 1244 del 22 de octubre de 1998, y las Resoluciones de la SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 211 del 30 de diciembre de 1998 y Nº 3 del 26 de enero de 1999, y
CONSIDERANDO
Que por la norma mencionada en primer término, se estableció un complemento mensual equivalente al OCHENTA Y CINCO POR CIENTO (85%) de la asignación básica correspondiente al Nivel E del Agrupamiento General del Sistema Nacional de la Profesión Administrativa, aprobado por el Decreto Nº 993 del 27 de mayo de 1991 (T.O. 1995) para el personal de la Administración Pública Nacional que acredite la condición de ex-combatiente en las acciones bélicas desarrolladas en el teatro de operaciones del Atlántico Sur, entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982.
Que por la Resolución de la SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 211 del 30 de diciembre de 1998, se determinó que los instrumentos que acrediten la condición de ex-combatientes en el lapso precedentemente indicado, deben ser remitidos por el MINISTERIO DE DEFENSA a la SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a efecto de implementar el registro pertinente que permita verificar el cumplimiento de las previsiones establecidas en el Decreto Nº 1244/98 y emitir la certificación definitiva.
Que, mediante la Resolución de la SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 3/99 se aprobó el formulario de solicitud del beneficio.
Que, a efectos de agilizar la inserción de los datos por parte del interesado para la solicitud del beneficio precedentemente aludido, resulta conveniente introducir algunas modificaciones a su contenido.
Que, asimismo, deviene necesario incorporar un anexo que contenga las certificaciones de los organismos intervinientes, donde conste que se ha dado cumplimiento con los requisitos exigidos...
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