Resolución 319/1999

Fecha de disposición19 Mayo 1999
Fecha de publicación19 Mayo 1999
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29150

Resolución 319/99 del 14/5/99 Secretaría de Industria, Comercio y Minería

LEALTAD COMERCIAL

Resolución 319/99

Adóptanse medidas en relación a la comercialización de aparatos eléctricos de uso doméstico que cumplan determinadas funciones.

Bs. As., 14/5/99

VISTO el Expediente Nº 064-004059/99 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que es función del Estado Nacional propender a la utilización eficiente de la energía y de los recursos naturales.

Que la utilización racional de la energía es uno de los medios principales para cumplir este objetivo y reducir la contaminación del medio ambiente.

Que suministrando una información pertinente, comparable y fidedigna sobre la eficiencia energética de los aparatos eléctricos nacionales o importados de uso doméstico, se puede orientar la elección de los consumidores a favor de los artefactos más eficientes, lo cual motivará a los proveedores de éstos, a adoptar medidas para mejorar la eficiencia.

Que, a falta de esta información, las fuerzas del mercado no lograrán fomentar por sí solas la utilización racional de la energía en el caso de dichos aparatos eléctricos.

Que la información desempeña un papel fundamental en el funcionamiento de las fuerzas del mercado y que a este respecto es preciso introducir una etiqueta uniforme para todos los aparatos eléctricos nacionales o importados de un mismo tipo, en la que se presente una información normalizada en relación con su eficiencia energética, y que también esta información debe proporcionarse en una ficha técnica que permita a los potenciales compradores tomar conocimiento de estas características aun cuando no vean expuesto el aparato y, por consiguiente, no tengan posibilidad de ver la etiqueta.

Que los aparatos de uso doméstico consumen una amplia gama de formas de energía, entre las que la electricidad es una muy importante.

Que sólo deben contemplarse los tipos de aparatos eléctricos cuyo consumo total de energía sea significativo y que ofrezcan posibilidades suficientes de mejora del rendimiento energético.

Que además existen otras características asociadas a la eficiencia energética de los aparatos eléctricos de uso doméstico y similares, como por ejemplo el ruido emitido por dichos aparatos cuando resulten relevantes desde el punto de vista de su conocimiento por parte de los consumidores, también deben incluirse en la etiqueta de eficiencia energética.

Que la Ley Nº 22.802 establece, en su artículo 1º inciso c), la obligatoriedad de incluir una indicación de su calidad en...

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