Resolución 189/1999

Fecha de disposición24 Marzo 1999
Fecha de publicación24 Marzo 1999
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29112

Resolución 189/99 del 17/3/99 Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

ARROZ

Resolución 189/99

Adóptase el Reglamento Técnico del MERCOSUR para Establecimiento de Identidad y de Calidad del Arroz Elaborado, aprobado por Resolución Nº 5/97 del Grupo del Mercado Común del Sur. Modificación de la Resolución Nº 1075/94 ex - SAGP.

Bs. As., 17/03/99

B.O: 24/03/99

VISTO el expediente Nº 2125/98 del registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, la Resolución MERCOSUR Nº 5 del 25 de abril de 1997 del GRUPO MERCADO COMUN, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la resolución mencionada en el Visto, los Estados Parte del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), aprobaron el Reglamento Técnico Mercado Común del Sur (MERCOSUR) para Establecimiento de Identidad y de Calidad del Arroz Elaborado.

Que el artículo 3º de la citada resolución, resuelve que los Estados Parte deberán poner en vigencia las disposiciones legislativas, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido.

Que la Dirección de Calidad Agroalimentaria del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA ha intervenido en la elaboración del citado Reglamento Técnico y se ha expedido de conformidad.

Que el Consejo de Administración del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, ha tomado la debida intervención.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud de lo dispuesto en el Decreto Nº 1450 del 12 de diciembre de 1996 y en el artículo 8º, inciso e) del Decreto Nº 1585 del 19 de diciembre de 1996.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION

RESUELVE:

Artículo 1º Adóptase el Reglamento Técnico del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) para Establecimiento de Identidad y de Calidad del Arroz Elaborado, aprobado por Resolución MERCOSUR Nº 5 del 25 de abril de 1997 del GRUPO MERCADO COMUN, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Art. 2º Incorpórase el Anexo de la presente resolución a la Resolución Nº 1075 del 12 de diciembre de 1994 de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, como NORMA XXX, Arroz Elaborado, en el CAPITULO IV, REGLAMENTOS TECNICOS DE IDENTIDAD Y ESPECIFICACIONES.
Art. 3º La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 4º Comuníquese mediante copia autenticada de esta resolución a la SECRETARIA GENERAL PERMANENTE del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR), con sede en la ciudad de Montevideo, REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY, para el debido conocimiento de los Estados Parte y al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO - Secretaría Administrativa del Grupo Mercado Común Sección Nacional.
Art. 5º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- Gumersindo F

Alonso.

REGLAMENTO TECNICO MERCOSUR PARA ESTABLECIMIENTO DE IDENTIDAD Y DE CALIDAD DEL ARROZ ELABORADO

  1. ALCANCE

    Este Reglamento Técnico establece los requisitos de identidad y de calidad que debe presentar el arroz elaborado a comercializarse en los Estados Parte.

  2. DEFINICIONES

    2.1. Arroz: Entiéndase por arroz a los granos provenientes de la especie Oryza sativa L.

    2.2. Arroz con Cáscara, Arroz Paddy o Arroz Natural: producto fisiológicamente desarrollado, maduro y que conserva la cáscara después de cosechado.

    2.3. Arroz Elaborado: producto maduro que fue sometido a algún proceso de industrialización y se encuentra desprovisto de la propia cáscara.

    2.4. Arroz...

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