Resolución 268/1999

Fecha de disposición12 Marzo 1999
Fecha de publicación12 Marzo 1999
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29104

MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Resolución Nº 268/99

Bs. As., 2/3/99

VISTO el Expediente Nº 061-009734/97 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Serie "B" Nº 0.033 de fecha 6 de enero de 1995, de la entonces INTERVENCION FEDERAL de la PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO, se crea la Comisión de Evaluación y Selección de la Zona Franca.

Que dicho Decreto fue ratificado mediante la Ley Provincial Nº 6253, dictada por la CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO.

Que de acuerdo al Artículo 14, inciso c) de la Ley Nº 24.331 la Comisión de Evaluación y Selección de la Zona Franca Frías, PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO debe llamar a Licitación Pública Nacional e Internacional para la Concesión de la Explotación de dicha Zona Franca.

Que con fecha 3 de abril de 1997 la Comisión de Evaluación y Selección de la Zona Franca Frías procedió al llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional con el objeto de concesionar la ejecución del proyecto definitivo y construcción de las obras de infraestructura, operación y explotación de la Zona Franca.

Que mediante el Acta de fecha 22 de octubre de 1997, la Comisión de Evaluación y Selección de la Zona Franca Frías calificó favorablemente a la firma FIRST BOWEN INTERNATIONAL CORPORATION.

Que por Decreto Serie "B" Nº 1781 del 23 de octubre de 1997 el Gobierno de la Provincia adjudicó la concesión a la firma FIRST BOWEN INTERNATIONAL CORPORATION.

Que tal como se prevé en el Artículo 14, inciso d) de la Ley Nº 24.331, la Comisión de Evaluación y Selección de la Zona Franca Frías ha procedido a elevar, mediante el expediente citado en el VISTO, a esta Autoridad de Aplicación las actuaciones para la aprobación de la Adjudicación de la Concesión para la explotación de la mencionada Zona Franca.

Que del análisis de las actuaciones en la esfera de la Comisión de Evaluación y Selección surge que la firma FIRST BOWEN INTERNATIONAL CORPORATION en un principio no cumplimentaba en un todo las previsiones del Pliego de Bases y Condiciones, especialmente en lo referente al capital mínimo requerido.

Que consecuentemente con ello, la SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA de este Ministerio, requirió con fecha 28 de noviembre de 1997 a la Comisión de Evaluación y Selección de la Zona Franca...

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