Resolución 61/1999
Fecha de disposición | 15 Febrero 1999 |
Fecha de publicación | 15 Febrero 1999 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 29085 |
Resolución 61/99 del 28/1/99 Secretaría de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable
MEDIO AMBIENTE
Resolución 61/99
Acéptanse resultados de ensayos realizados en el Instituto Nacional del Agua y del Ambiente, en relación con el control de la emisión de gases contaminantes, ruidos y radiaciones parásitas provenientes de automotores. Vehículos comprendidos en el mencionado control.
Bs. As., 28/1/99
B.O.: 15/2/99
VISTO el expediente N° 3260/98 del Registro de esta SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, la Ley 24.449, su Decreto Reglamentario N° 779 del 20 de noviembre de 1995 y los Decretos N° 1381 del 29 de noviembre de 1996, N° 1403 del 3 de diciembre de 1996 y N° 146 del 30 de enero de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el constante crecimiento del parque automotor puede traer como consecuencia indeseada el deterioro de la calidad del aire.
Que el Decreto N° 779/95, reglamentario de la Ley 24.449 incorpora en su texto una serie de mecanismos con la finalidad de minimizar y evitar el deterioro mencionado.
Que entre estos mecanismos se encuentran las de control e información de producción de vehículos y motores fabricados por las terminales locales y/o ingresados al país por los importadores.
Que de conformidad con el artículo 33 de la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449, todos los automotores deben ajustarse a los límites sobre emisión de contaminantes, ruidos y radiaciones parásitas que se establezcan en la reglamentación.
Que asimismo, el Decreto N° 779/95 designa a esta Secretaría como autoridad competente para todos los aspectos relativos a emisión de gases contaminantes, ruidos y radiaciones parásitas provenientes de automotores.
Que esta Autoridad de Aplicación es competente en orden a la determinación de los métodos de ensayo, control, medición y verificación de todo tipo de automotores para los aspectos señalados.
Que se ha instalado en el INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA Y DEL AMBIENTE -INA- un laboratorio apto para el control de emisiones gaseosas de automotores que permitiría realizar el control de producción de vehículos livianos equipados con motor ciclo OTTO, sean nacionales o importados.
Que hasta tanto exista en el país la tecnología FTP 75 especificada por el Decreto N° 779/95 y en virtud de las facilidades actualmente instaladas en el INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA Y DEL AMBIENTE -INA, que permiten efectuar ensayos por el método US IM...
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