Resolución 2547/1999

Fecha de disposición29 Enero 1999
Fecha de publicación29 Enero 1999
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29074

PRESIDENCIA DE LA NACION PRESIDENCIA DE LA NACION

SECRETARIA DE COMUNICACIONES

Resolución Nº 2547/99

Bs. As., 22/1/99

VISTO, las Leyes Nº 19.550 y Nº 23.696, los Decretos Nº 584 de fecha 1º de abril de 1993, Nº 1620 de fecha 26 de diciembre de 1996 y Nº 1560 de fecha 29 de diciembre de 1998 y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 1560 de fecha 29 de diciembre de 1998, se faculta a esta Secretaría a confeccionar y aprobar el Formulario de Adhesión al Programa de Propiedad Participada, el Acuerdo General de Transferencia y el Convenio de Sindicación de Acciones que deberán suscribir los trabajadores de la empresa CORREO ARGENTINO S.A. que adhieran al Programa de Propiedad Participada.

Que para ello, sobre la base a los trabajos ya realizados por esta Secretaría, es necesario designar una Comisión integrada por funcionarios que hayan demostrado conocimientos sobre la temática en cuestión.

Que dicha Comisión deberá elevar a esta Secretaría en el término de TREINTA (30) días hábiles, sus conclusiones y un proyecto de tales instrumentos.

Que en su confección se deberán respetar los principios que regulan las sociedades anónimas, previstos en la Ley de Sociedades Comerciales Nº 19.550, buscando la instrumentación de un funcionamiento democrático en la toma de decisiones, respetando las opiniones de todos los trabajadores, expresada en forma libre y voluntaria, y de este modo formar la voluntad mayoritaria en la toma de decisiones societarias.

Que la Comisión que se crea por medio de esta Resolución, ejercerá sus funciones con el carácter de "ad-honorem".

Que en el Artículo 2º del referido Decreto, se instruye a esta SECRETARIA para que proceda a realizar los actos necesarios encaminados a instrumentar la cesión y hacer cumplir lo dispuesto en el mismo.

Que para ello es necesario establecer las bases conceptuales y los métodos matemáticos para arribar a la determinación de los coeficientes de participación que corresponde a cada empleado, conforme lo establece el artículo 27 de la Ley Nº 23.696.

Que siendo el MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Autoridad Competente para cumplir esa función, tal como lo determina el artículo 14 del Decreto Nº 584/93, corresponde solicitar a dicho Ministerio tome intervención a tal efecto.

Que encaminados en el sentido de que los trabajadores se vayan interiorizando de lo realizado y de los actos que se cumplan...

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