Resolución 582/1998
Fecha de disposición | 28 Enero 1999 |
Fecha de publicación | 28 Enero 1999 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 29073 |
Resolución 582/98 del 16/12/98 Secretaría de Hacienda
BONOS
Ofrécense en canje a los Inversores Institucionales locales, "Bonos Externos Globales de la República Argentina 11,375% 1997-2017" por Bonos Colateralizados a Tasa Fija (" Par Bonds") y Bonos Colateralizados a Tasa Flotante ("Discount Bonds") a precios de mercado. Normas de procedimiento para la realización de la citada operación de canje.
Bs. As., 16/12/98
VISTO, el Expediente N° 080-007670/98 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, el artículo 46 de la Ley N° 11.672 "LEY COMPLEMENTARIA PERMANENTE DE PRESUPUESTO" (t o. 1997), y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 46 de la Ley N° 11.672 "LEY COMPLEMENTARIA PERMANENTE DE PRESUPUESTO" (t.o. 1.997), se facultó a la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, a realizar operaciones de administración de pasivos tales como compra, venta y/o canje de instrumentos financieros, de bonos o acciones, pases de monedas, tasas de interés o títulos, compra y venta de opciones sobre instrumentos financieros y cualquier otra transacción financiera habitual en los mercados de productos derivados.
Que por el artículo mencionado en el considerando precedente, se estableció que para la fijación de los precios de las operaciones se deberán tomar en cuenta los valores existentes en los mercados y/o utilizar los mecanismos usuales específicos para cada transacción.
Que existen Inversores Institucionales locales que poseen en cartera BONOS COLATERALIZADOS A TASA FIJA ("PAR BONDS") y BONOS COLATERALIZADOS A TASA FLOTANTE ("DISCOUNT BONDS") emitidos en el marco del PLAN FINANCIERO 1.992.
Que esos bonos poseen una garantía del TESORO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, que afecta su rendimiento, que constituyen un instrumento hídrido y que el progreso evidenciado por la situación económica y la solvencia fiscal de Argentina hacen innecesaria dicha garantía para que el GOBIERNO NACIONAL pueda colocar títulos valores.
Que se entiende conveniente ofrecer "BONOS EXTERNOS GLOBALES de la REPUBLICA ARGENTINA 11,375 % 1997-2017" en canje a los mencionados Inversores Institucionales locales, por los BONOS COLATERALIZADOS A TASA FIJA ("PAR BONDS") y BONOS COLATERALIZADOS A TASA FLOTANTE ("DISCOUNT BONDS").
Que la operación de canje referida en el considerando precedente, permitirá mejorar el resultado de las cuentas públicas.
Que los Inversores...
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