Resolución 19/1998
Fecha de disposición | 17 Diciembre 1998 |
Fecha de publicación | 17 Diciembre 1998 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 29045 |
Resolución 19/98 del 11/12/98 Autoridad Regulatoria Nuclear
ENERGIA NUCLEAR
Resolución 19/98
Normas a las que deberán ajustarse los titulares de permisos individuales y autorizaciones de operación destinados al uso de radioisótopos y radiaciones ionizantes.
Bs. As., 11/12/98
B.O: 17/12/98
VISTO la Ley N° 24.804, su Decreto Reglamentario N° 1390 del 27 de noviembre de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que esta AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) tiene entre otras funciones, las de regulación y fiscalización de la actividad nuclear en todo lo referente a los temas de seguridad radiológica y nuclear.
Que a fin de cumplir con tales funciones esta Institución tiene entre sus facultades y obligaciones las de otorgar, suspender y revocar permisos o autorizaciones en aplicaciones de radioisótopos y radiaciones ionizantes (excluidos los equipos destinados a generar rayos x en los términos de la Ley N° 17.557) a la medicina, al agro, la industria, la investigación y docencia.
Que los permisos y autorizaciones deben ser otorgados a personas físicas o jurídicas concretas, para actividades determinadas, con una vigencia limitada, y sus titulares deben exhibir los mismos cada vez que sean requeridos por esta institución.
Que las prácticas con radioisótopos y radiaciones ionizantes (con exclusión de equipos destinados a generar rayos x en los términos de Ley N° 17.557) deben ser efectuadas por personas físicas o jurídicas autorizadas por la ARN, que dispongan de instalaciones adecuadas-desde el punto de vista de la seguridad radiológica-al fin o fines especificados en los permisos o autorizaciones.
Que AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR está facultada para dictar entre otras regulaciones, las referidas a seguridad radiológica y nuclear.
Por ello, en su reunión del día 4 de diciembre de 1998 (Acta N° 3/98).
EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
RESOLVIO:
Los titulares de permisos individuales y autorizaciones de operación destinados al uso de radioisótopos y radiaciones ionizantes (con exclusión de equipos destinados a generar rayos x en los términos de la Ley N° 17.557), deberán ajustarse a las normas aplicables dictadas por la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR y a las pautas generales que se especifican en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.
Art. 2°-Comuníquese a la GERENCIA GENERAL, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el BOLETIN OFICIAL de la REPUBLICA ARGENTINA...
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