Resolución 440/1998

Fecha de disposición16 Abril 1998
Fecha de publicación16 Abril 1998
SecciónResoluciones
Número de Gaceta28878

Resolución 440/98 del 08/04/98 Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos TRANSPORTE AEROCOMERCIAL Resolución 440/98 Concédese a Andesmar Líneas Aéreas S.A. la explotación de servicios regulares internos de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo en la ruta Mendoza - Córdoba - La Rioja y viceversa con aeronaves de gran porte. Bs. As., 8/4/98 B.O: 16/04/98 VISTO el Expediente Nº 559-000410/97 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y CONSIDERANDO: Que la empresa ANDESMAR LINEAS AEREAS SOCIEDAD ANONIMA - ALA S.A. solicita concesión por el término de QUINCE (15) años para explotar servicios regulares internos de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo en la ruta MENDOZA (Provincia de MENDOZA) - CORDOBA (Provincia de CORDOBA) - LA RIOJA (Provincia de LA RIOJA) y viceversa, con aeronaves de gran porte. Que el pedido se sometió al tratamiento de audiencia pública previsto en el Artículo 102 de la Ley Nº 17.285 (CODIGO AERONAUTICO), habiéndose determinado reunidas en la misma las condiciones de conveniencia, necesidad y utilidad general de los servicios. Que la requirente fundamenta su petición en la necesidad de cubrir un sector del interior de nuestro país mediante una conexión aérea entre las ciudades mencionadas. Que se ha comprobado oportunamente que la empresa acredita la capacidad técnica y económico - financiera a que se refiere el Artículo 105 del CODIGO AERONAUTICO. Que la empresa acreditó debidamente la base de operaciones mediante autorización otorgada por autoridad competente. Que ANDESMAR LINEAS AEREAS SOCIEDAD ANONIMA - ALA S.A. deberá ajustar la prestación de los servicios solicitados a los requisitos previstos en la Ley Nº 17.285, modificada por su similar Nº 22.390 (CODIGO AERONAUTICO), la Ley Nº 19.030 (POLITICA NACIONAL DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL) y a las normas reglamentarias vigentes establecidas en el Decreto Nº 326 del 10 de febrero de 1982 y del Decreto Nº 2.186 del 25 noviembre de 1992. Que el Servicio Jurídico Permanente de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete. Que en virtud de las facultades otorgadas por el Anexo III, Artículo 1º, inciso a) del Decreto Nº 2.186/92, es competencia del suscripto decidir en el presente caso. Por ello, EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS RESUELVE: Artículo 1º-Conceder a ANDESMAR LINEAS AEREAS SOCIEDAD ANONIMA - ALA S.A. la explotación de servicios regulares internos de transporte aéreo de pasajeros...

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