Resolución 1/1998

Fecha de disposición19 Marzo 1998
Fecha de publicación19 Marzo 1998
SecciónResoluciones
Número de Gaceta28860

Resolución 1/98 del 27/02/98 Comisión Nacional de Trabajo Agrario SALARIOS Resolución 1/98 Fíjanse las remuneraciones y premios para la cosecha de fruta fresca en jurisdicción de las Provincias de Río Negro y Neuquén. Bs. As., 27/2/98 B.O.: 19/03/98 VISTO la Resolución C.N.T.A. Nº 15/96 y el Acta de la Comisión Asesora Regional Nº 1 de fecha 161-98 que obra en el expediente Nº 90.086/97, y CONSIDERANDO: Que la Resolución C.N.T.A. Nº 15/96, establece salarios y premios para los trabajadores ocupados en las tareas de COSECHA DE FRUTA FRESCA en jurisdicción de la Comisión Asesora Regional Nº 1, Provincias de RIO NEGRO Y NEUQUEN. Que la Comisión Asesora Regional Nº 1 elevó a consideración de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario, a través del Acta de fecha 16-1-98 una propuesta sobre remuneraciones y premios para el personal que se desempeña en la COSECHA DE FRUTA FRESCA, en jurisdicción de la misma. Que, considerada dicha propuesta y habiendo coincidido las representaciones sectoriales en cuanto a su origen, debe procederse a su determinación. Que, en consecuencia, corresponde hacer uso de las facultades conferidas por el artículo 86 de la Ley 22.248. Por ello; LA COMISION NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO RESUELVE: Artículo 1º-Fijar remuneraciones y premios para la COSECHA DE FRUTA FRESCA en jurisdicción de la Comisión Asesora Regional Nº 1 para las Provincias de RIO NEGRO y NEUQUEN, con vigencia a partir del 1º de marzo de 1998, conforme se detalla a continuación: POR DIA, SIN COMIDA Y CON VIVIENDA:$ Cosechador/a, por día15,00 Tractorista, por día16,86 Aprendiz cosechador/a, por día14,63 Menor de 16 a 18 años, por día 13,71 Menor de 14 a 16 años, por día 13,15 Ayudante chatero, por día16,24 Chatero. por día16,54 Por cajón cosechero 17 kilos0,255 Por cajón cosechero volcado en bins 0,243 Carga del lugar de apile al camión 0,047 Carga del monte a chata y/o camión 0,047 Encargados, por mes382,57 Choferes, por mes436,68 Capataz, por mes419,34 Valor del kilo cosechado para monte tradicional $ 0.015. Valor del kilo cosechado para monte de espaldera $ 0.01428 Art. 2º-Los valores establecidos en la escala se corresponden con una recolección promedio de 1.000 kilogramos por monte tradicional y 1.050 kilogramos para el monte de espaldera, respectivamente, en una jornada de 8 (ocho) horas. Art. 3º-Premio a la reducción del ausentismo: Se instituye un premio a la reducción del ausentismo equivalente al 10 % del salario diario descripto en el artículo...

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