Resolución 198/1996

Fecha de disposición15 Mayo 1996
Fecha de publicación15 Mayo 1996
SecciónResoluciones
Número de Gaceta28395

Instituto Argentino de Sanidad y Calidad Vegetal Instituto Argentino de Sanidad y Calidad Vegetal

SISTEMA NACIONAL DE CONTROL DE ALIMENTOS

Resolución 198/96

Créase el Registro de Aditivos Alimentarios y Coadyuvantes de Tecnología, para uso en vegetales frescos, refrigerados, congelados y en cualquier otro producto de origen vegetal.

Bs. As., 10/5/96

VISTO el Decreto Nº 2266 del 29 de octubre de 1991, modificados por sus similares Nros. 1172 de 10 de julio de 1992, 2194 del 13 de diciembre de 1994 y 1008 del 7 de julio de 1995, y las Resoluciones Grupo Mercado Común Nros. 14, 17, 18 y 19/93 que fueron aprobadas en la Reunión Grupo Mercado Común X de Asunción los días 28, 29 y 30 de junio de 1993, 45 y 46/93 que fueron aprobadas en la Reunión Grupo Mercado Común XI de Montevideo los días 22, 23 y 24 de setiembre de 1993, 83 y 84/93 que fueron aprobadas en la Reunión Grupo Mercado Común XII de Montevideo los días 14 y 15 de enero de 1994, y 55/94 que fue aprobada en la Reunión Grupo Mercado Común XV de Brasilia los días 3 y 4 de noviembre de 1994, y

CONSIDERANDO:

Que es imperioso el contralor técnico de los productos químicos que puedan utilizarse como aditivos alimentarios y coadyuvantes de tecnología.

Que el Decreto Nº 2266 del 29 de octubre de 1991 y sus modificatorios, faculta a este instituto a establecer los procedimientos y mecanismos para la evaluación de las informaciones técnicas presentadas a los fines de la inscripción de aditivos alimentarios y coadyuvantes de tecnología; las sustancias que integran la formulación e impurezas y del monitoreo de los posibles efectos adversos derivados de su uso.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud de lo dispuesto por los artículos 6º, inciso b) y 10, inciso b) del Decreto Nº 2266 del 29 de octubre de 1991 y sus modificatorios.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL

RESUELVE:

Artículo 1º

Créase el Registro de Aditivos Alimentarios y Coadyuvantes de Tecnología, para uso en vegetales frescos, refrigerados, congelados, y en cualquier otro producto de origen vegetal, de acuerdo al Anexo III del Decreto Nº 2194 del 13 de diciembre de 1994 - Sistema Nacional de Control de Alimentos.

Art. 2º

Toda persona física o jurídica que se dedique a la comercialización de aditivos alimentarios y coadyuvantes de tecnología para los productos citados en el Anexo III del Decreto Nº 2194 del 13 de diciembre de 1994, deberá inscribirlos como requisito indispensable para su venta en el territorio de la REPUBLICA ARGENTINA.

Art. 3º

Aprobar como Manual de Procedimientos para el Registro de Aditivos Alimentarios y Coadyuvantes de Tecnología, el Anexo I, que forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 4º

Los aditivos alimentarios y coadyuvantes de tecnología aprobados por el MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y ACCION SOCIAL y el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL quedarán automáticamente inscriptos en este Registro, con la sola presentación del comprobante correspondiente. De requerirse alguna autorización especial para su aplicación en los productos de competencia del INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL solamente se deberá cumplimentar el ítem 1 (Anexo Ic) del Anexo I.

Art. 5º

La presente resolución tendrá vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 6º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - Carlos Lehmacher.

ANEXO I

  1. DONDE REGISTRAR

    INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL, Dirección de Calidad Vegetal, Prolongación Av. Belgrano, Dique II, lado Este, Planta Baja, Capital Federal - 312.4050/4015/4388, 313-9247 y 311-4619 en lo atinente a trámites administrativos y evaluación técnica de los productos a registrar.

  2. SUJETOS A REGISTRO:

    2.1. Aditivos Alimentarios: antiespumante, antihumectante/antiaglutinante, antioxidante, colorante, conservador, edulcorante, espesante, gelificante, estabilizante, aromatizante/saborizante, humectante, regulador de la acidez, acidulante, emulsionante/emulsificante, mejoradores de la harina, resaltador del sabor, leudantes químicos, glaceantes, agente de firmeza o endurecedor o texturizante, secuestrante, estabilizador del color, y espumantes.

    2.2. Coadyuvantes de Tecnología: catalizadores, fermentos biológicos, agentes de clarificación/filtración, agentes de coagulación, agentes de control de microorganismos, agentes de floculación, agentes y soportes de inmovilización de enzimas, agentes de lavado y/o pelado, agentes de enfriamiento/congelamiento por contacto, agentes desgomantes, enzimas o preparaciones enzimáticas, gases propelentes/gases para embalaje, lubricantes, agentes desmoldantes/antiadherentes/auxiliares de modelo/nutrientes para fermentos biológicos, resinas de intercambio iónico/membranas/tamices moleculares, solventes de extracción y procesamiento, agentes de inhibición enzimática antes de la etapa de blanqueo y detergentes.

  3. SUJETOS A PAGO DE ARANCELES:

    3.1. Inscripción de aditivos alimentarios y coadyuvantes de tecnología, sus principios activos, sustancias que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR