Resolución 260/1996

Fecha de disposición06 Mayo 1996
Fecha de publicación06 Mayo 1996
SecciónResoluciones
Número de Gaceta28388

Resolución Co.N.T.A. N° 260/96 del 17/04/96 Resolución Co.N.T.A. N° 260/96 Bs. As. 17/4/96 VISTO el Expediente N° 18.271/95 del registro de la COMISION NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR y CONSIDERANDO: Que por Resolución MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 237 del 18 de septiembre de 1985 se aprobó la Metodología para el Tratamiento de Modificaciones al Sistema de Transporte Público de Pasajeros por Automotor de la Región Metropolitana de Buenos Aires cuya implementación indujo al empleo de criterios uniformes y parámetros técnicos en la resolución de las modificaciones al sistema planteadas tanto por el sector empresario cuanto por los usuarios del servicio y sus entidades representativas. Que de acuerdo con lo establecido en el Decreto N° 2044 de fecha 26 de agosto de 1993 compete a la COMISION NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR -GERENCIA DE TRANSPORTE URBANO DE PASAJEROS- efectuar los estudios de demanda y necesidad pública de transporte urbano, mediante la modificación y diversificación de su oferta de transporte. Que la GERENCIA DE TRANSPORTE URBANO DE PASAJEROS sustancia las modificaciones al sistema de transporte público por automotor de carácter urbano y suburbano que solicitan dentro de lo normado por la Resolución M.0 y S.P. N° 237/85 las empresas prestatarias de los servicios y las entidades representativas de los usuarios. Que se ha verificado que parte de las presentaciones realizadas por las empresas prestatarias se efectúan en inobservancia de la totalidad de los requisitos establecidos en la norma. Que ello genera la necesidad de realizar trámites administrativos -requerimientos sucesivos de la documentación faltante, control de los plazos otorgados, agregaciones al expediente de solicitud- que implican una asignación ineficiente de recursos humanos en el ámbito de esta COMISION NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR. Que, en consecuencia, a fin de subsanar estos inconvenientes corresponde establecer normas de carácter instructivo para la presentación de estas solicitudes por parte de las empresas operadoras, habiéndose expedido en tal sentido la GERENCIA DE TRANSPORTE URBANO DE PASAJEROS. Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete. Que el pronunciamiento encuadra en las previsiones del Decreto N° 2044/93. Por ello, EL DIRECTORIO DE LA COMISION NACIONAL DE...

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