Resolución 760/1995

Fecha de disposición23 Enero 1995
Fecha de publicación01 Junio 1995
SecciónResoluciones
Número de Gaceta28155

Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos

IMPORTACIONES TEMPORARIAS

Resolución 760/95

Suspéndese transitoriamente la aplicación de la Resolución Nº 80/95.

Bs. As., 26/5/95

VISTO el Expediente Nº 031-001065/95 del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y la Resolución M. E. y O. y S. P. Nº 72 del 20 de enero de 1992, y sus modificatorias Resoluciones M. E. y O. y S. P. Nros. 477, del 14 de mayo de 1993 y 80 del 23 de enero de 1995, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución M. E. y O. y S. P. Nº 72/92 y sus modificatorias se ha instituido un régimen de importación temporaria de mercaderías para perfeccionamiento industrial, con la obligación de ser exportadas para consumo a otros países bajo la nueva forma resultante, que constituye un estímulo a las exportaciones.

Que Que por Resolución M. E. y O. y S. P. Nº 80/95 se procedió a adecuar el régimen de importación temporaria a las pautas comunes previstas por los países miembros del Mercado Común del Sur (MERCOSUR).

Que la medida citada en el Considerando anterior se fundamentó en la Decisión Nº 10 del Consejo del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), del 5 de agosto de 1994, referida a la armonización para la aplicación y utilización de incentivos a las exportaciones por parte de los países integrantes del MERCOSUR.

Que por el Artículo 1º de la Resolución GMC Nº 7 del 25 de abril de 1995, el Grupo Mercado Común dispone que el Gobierno brasileño podrá adoptar acciones puntuales en el campo arancelario, ligadas a los objetivos de lucha contra la inflación y garantía del abastecimiento, en el contexto del programa de estabilización en implementación en la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, con una validez máxima de UN (1) año.

Que por el Artículo 1º de la Resolución GMC Nº 8 del 25 de abril de 1995, el Grupo Mercado Común dispone que queda prorrogado el plazo para complementar las listas básicas de excepciones al Arancel Externo Común.

Que hasta tanto los Estados Partes definan...

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