Resolución 315/1994

Fecha de disposición08 Agosto 1994
Fecha de publicación08 Agosto 1994
SecciónResoluciones
Número de Gaceta27949

RESOLUCION C.N.T.A. N° 315-94 del 01/08/94 Ir al texto actualizado

RESOLUCION C.N.T.A. N° 315-94

BUENOS AIRES, 1/8/94

VISTO el expediente N° 1852/94 del registro de la COMISION NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR, y

CONSIDERANDO:

Que se han recibido peticiones de personas físicas y jurídicas sancionadas con multas aplicadas de acuerdo a lo previsto en la Ley N° 21.844 y el Régimen de Penalidades aprobado por el Decreto N° 2.673 de fecha 29 de Diciembre de 1992, requiriendo se les posibilite abonar las mismas en cuotas.

Que propuestas en análogo sentido se han hecho llegar a los letrados que intervienen en procesos judiciales promovidos con el propósito de percibir los importes correspondientes a deudas con idéntico origen.

Que la estabilidad económica vigente en el país garantiza la integridad del crédito emergente de las aludidas multas firmes, por lo que nada obsta a posibilitar su pago mediante un plan de facilidades, que establezca los intereses compensatorios.

Que, percibiendo el total de la deuda en montos parciales y consecutivos se satisfacen tanto los intereses del acreedor como del deudor, sin afectar el patrimonio fiscal atento a que el sancionado abonará los intereses correspondientes.

Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete de acuerdo a lo establecido en el Artículo 7 inc. d) de la Ley 19.549.

Que, la presente se dicta en uso de las facultades emanadas de los artículos 6 incisos l), m) e y) y 14 inciso d) (modificado por el artículo 8 del Decreto 2.044 de fecha 6 de octubre de 1993) del Decreto 104 de fecha 26 de enero de 1993.

Por ello,

LA COMISION NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR RESUELVE:

ARTICULO 1° Las personas físicas o jurídicas deudoras de multas firmes aplicadas de acuerdo a lo previsto en la Ley 21.844 y el Régimen de...

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