Resolución 3827/1994

Fecha de disposición18 Mayo 1994
Fecha de publicación18 Mayo 1994
SecciónResoluciones
Número de Gaceta27894

Dirección General Impositiva Dirección General Impositiva

IMPUESTOS

Resolución General 3827/94

Impuesto al Valor Agregado. Decretos Nros 2633/92 y 846/93. Actividad Financiera.

Bs. As., 17/5/94

VISTO los Decretos Nros 2633 del 29 de diciembre 1992 y 846 del 26 de abril de 1993, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las citadas normas se incorporaron al Decreto N° 2407 del 23 de diciembre de 1986 y sus modificaciones, reglamentario de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto sustituido por la Ley N° 23.349 y sus modificaciones, diversas situaciones no comprendidas en su texto, originadas en las últimas reformas introducidas al tributo.

Que atento la complejidad y diversidad de operaciones de compra y descuento mediante el endoso o cesión de documentos, incorporadas al ámbito de aplicación del tributo, se hace necesario especificar los alcances de la norma reglamentaria que las regula.

Que en razón de la vigencia general establecida en los citados decretos, se dispuso que cuando por aplicación de los criterios instituidos en los mismos resultara una diferencia de impuestos a favor del Fisco, ésta debería ingresarse, libre de intereses, multas y demás accesorios, dentro de los plazos que a tal efecto determinara la Dirección General Impositiva, no originándose dicha obligación cuando se pudiere demostrar la imposibilidad de trasladar el gravamen que la origina.

Que en tal sentido, cabe atender los supuestos de no percepción del gravamen en circunstancias que impidan la traslación extemporánea del mismo a los respectivos locatarios, prestatarios o adquirentes, como así también cuando se originen diferencias a favor del Fisco.

Que por lo expuesto, resulta necesario reglamentar los requisitos, plazos y condiciones que deberán cumplir los sujetos responsables del impuesto al valor agregado, a fin de ingresar las diferencias de impuesto, como así también para exteriorizar la imposibilidad de hacerlo, según lo aludido en el párrafo anterior.

Que por otra parte, atendiendo a las múltiples dificultades manifestadas por el sector involucrado a efectos de implementar los respectivos sistemas administrativos, se considera oportuno regularizar mediante la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR