Resolución 202/1993

Fecha de disposición19 Mayo 1993
Fecha de publicación19 Mayo 1993
SecciónResoluciones
Número de Gaceta27642

Resolución 202/93 del6/5/93 Secretaría de Transporte TRANSPORTE POR AUTOMOTOR DE PASAJEROS Resolución 202/93 Apruébanse las "Normas reglamentarias para la explotación del servicio de transporte por automotor de pasajeros por carretera de carácter Internacional". Bs. As., 6/5/93 VISTO el expediente N° 90/93 del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS - SECRETARIA DE TRANSPORTE - y, CONSIDERANDO: Que el servicio de transporte por automotor de pasajeros por carretera de carácter internacional representa un modo de singular importancia, para la intercomunicación de personas entre nuestro país y los países vecinos. Que el desarrollo de tales servicios de transporte se ha ido incrementando en los últimos tiempos como consecuencia de la expansión demográfica producida en las naciones del cono sur, y fundamentalmente, por el proceso de integración que están llevando adelante en forma conjunta los respectivos gobiernos como medio de promover el progreso de nuestros pueblos. Que tal circunstancia refleja estar en presencia de una prestación de marcada significación que requiere un adecuado marco normativo que le sirva de sustento. Que el Acuerdo de Transporte Internacional Terrestre, representa el instrumento al cual los países del Cono Sur decidieron someterse, como norma supranacional que rigiera la prestación del transporte interestadual. Que sin perjuicio de ello, la norma internacional remite a la normativa interna de cada país signatario en todo lo referente a la adjudicación de permisos originarios y demás aspectos vinculados con tales autorizaciones. Que en la actualidad se verifica una carencia de normas en tal sentido. Que por lo tanto se impone implementar un régimen por el cual se establezcan normas de aplicación al transporte internacional de pasajeros por carretera, en lo referente a aquellos aspectos cuya reglamentación constituye una atribución exclusiva de la Autoridad competente de cada país signatario del referido Acuerdo Internacional. Que ello permitirá lograr un sistema de transporte internacional de personas eficiente y confiable que facilite y favorezca las vinculaciones internacionales, poniendo especial énfasis en la integración de zonas o regiones declaradas prioritarias por los respectivos países. Que asimismo, tal iniciativa posibilitará incrementar las condiciones de seguridad y confiabilidad de los servicios, con vistas a disminuir la participación del transporte público en los accidentes viales, así como a mejorar las prestaciones en materia de cumplimiento, puntualidad y regularidad de las mismas. Que, además, el establecimiento de un Registro para el transporte automotor de pasajeros por carretera de carácter internacional, permitirá aglutinar diferentes controles, racionalizando su establecimiento y eliminando trámites no indispensables. Que el presente se dicta en uso de las facultades que se desprenden de la Ley 12.346, y el Acuerdo de Transporte Internacional Terrestre inscripto como acuerdo de alcance parcial en el marco de la Asociación Latinoamericana de Integración (A.L.A.D.I.) que fuera puesto en vigencia por la Resolución S.S.T. N° 263/90. Por ello, EL SECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE: Artículo 1° - Apruébanse las "Normas reglamentarias para la explotación del servicio de transporte por automotor de pasajeros por carretera de carácter internacional" que como Anexo I forma parte integrante de la presente. Art. 2° - Apruébase el pliego de condiciones generales para el llamado a licitación para la prestación del servicio de transporte por automotor de pasajeros por carretera de carácter internacional, que como Anexo II forma parte integrante de la presente. Art. 3° - Las disposiciones de la presente Resolución entrarán en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. Art. 4° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese. - Edmundo del Valle Soria. NOTA: Esta Resolución se publica sin el Anexo II. ANEXO I "NORMAS REGLAMENTARIAS PARA LA EXPLOTACION DEL SERVICIO DE TRANSPORTE POR AUTOMOTOR DE PASAJEROS POR CARRETERA DE CARACTER INTERNACIONAL" Capítulo I Ambito de Aplicación ARTICULO 1° - Las disposiciones...

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