Resolución 872/2010

Fecha de disposición03 Septiembre 2010
Fecha de publicación03 Septiembre 2010
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31979

Viernes 3 de setiembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 31.979 52

ARTICULO 4

'º — RemÃtase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 5

'º — NotifÃquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo N'º18/75.

ARTICULO 6

'º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito de los Acuerdos homologados y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el ArtÃculo 5 de la Ley N'º14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 7

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N'º1.316.019/09

Buenos Aires, 12 de julio de 2010

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N'º871/10 se ha tomado razón de los acuerdos obrantes a fojas 1 y 58/59 del expediente de referencia, quedando registrados bajo los números 931/10 y 932/10 respectivamente. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los cuatro dÃas del mes de marzo del año dos mil nueve, siendo las 15,30 horas comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO, ante el señor director de Negociación Colectiva Lic. Adrián CANETO, en representación de la ASOCIACION BANCARIA el Dr.

Juan José ZANOLA, Secretario General Nacional, el Señor Gustavo DIAZ en su calidad de Secretario de acción gremial Nacional, la señora Alejandra ESTOUP Secretaria General Seccional Buenos Aires, Carlos IRRERA, Secretario de Acción Gremial seccional Buenos Aires, Oscar CHAMORRO.

Secretario de Organización y Capacitación Sindical Seccional, Buenos Aires, José LuÃs ITURRALDE Secretario General Seccional Azul, Claudia FLUQUIGER, Sergio RUGGIANO, Omar FUSCHETTO en sus calidades de Delegados de la Comisión Gremial Interna, patrocinado por el Dr. Francisco ROJAS, por una parte y por el NUEVO BANCO INDUSTRIAL DE AZUL SOCIEDAD ANONIMA el Sr.

Eduardo BONIALIAN en su calidad de apoderado.

Declarado abierto el acto por el funcionario actuante y luego de un intercambio de opiniones LAS PARTES ACUERDAN:

  1. - El Banco abonará en efectivo el dÃa 9 del corriente mes, una gratificación extraordinaria no remunerativa y por única vez de QUINIENTOS CINCUENTA PESOS ($550.-) a todos aquellos trabajadores cuyas remuneraciones brutas por todo concepto (sueldo, falla de caja, tickets de cualquier tipo) ascienden hasta la suma de SEIS MIL PESOS ($6.000.-).

Ambas partes de común acuerdo y por si solicitan la homologación del presente acuerdo.

LeÃda y RATIFICADA la presente acta acuerdo; los comparecientes firman al pie en señal de plena conformidad ante mà que certifico.

EXPTE. N'º1.316.019/09

En la ciudad de Buenos Aires, a los veintiún dÃas del mes de diciembre del año dos mil nueve siendo las 14.30 horas comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO, ante mà Sandra Yolanda CESAR Secretaria de Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales N'º2, el señor Gustavo DIAZ Secretario Gremial Nacional, Carlos IRRERA en su calidad de Prosecretario gremial Nacional, la señora Alejandra ESTOUP Secretaria General Seccional Buenos Aires; José Luis ITURRALDE Secretario General Seccional Azul, Oscar CHAMORRO Secretario de Organización seccional Buenos Aires, Claudia FLUQUIGER, Omar FUSCHETTO; Sergio RUGGIANO en su calidad de Comisión gremial interna Nuevo Banco Industrial de Azul S.A. en representación de la ASOCIACION BANCARIA, por sà y en representación del Dr. Juan José ZANOLA, Secretario General Nacional, patrocinados por el Dr. Francisco ROJAS; por una parte y por la otra lo hace el Doctor Gustavo Eduardo DEL VECCHIO en su calidad de Apoderado del NUEVO BANCO INDUSTRIAL DE AZUL S.A. Constituyendo domicilio legal en la calle Sarmiento 530-Capital Federal todos con identidad personerÃa y demás datos acreditados en autos.

Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, esta procede a ceder el uso de la palabra a las partes las que luego de un intercambio de opiniones Acuerdan:

1 - El banco abonará en efectivo el dÃa 23 de diciembre del corriente mes, una gratificación extraordinaria no remunerativa y por única vez de SEISCIENTOS CINCUENTA PESOS ($650.-) a todos aquellos trabajadores cuya remuneración bruta, mensual y nominal asciende hasta la suma de SIETE MIL PESOS ($7.000.-).

2 - Se incrementará el denominado “adicional por guarderÃa”, de pesos trescientos cincuenta ($350.-) a pesos cuatrocientos veinte ($420.-) mensuales a partir del 1'º de enero del 2010.

Ambas partes de común acuerdo y por si solicitan la homologación del presente acuerdo.

Siendo las 16:00 horas se da por finalizado el acto firmando los comparecientes de conformidad previa lectura y ratificación por ante mà funcionaria que CERTIFICO.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N'º872/2010

Registro N'º923/2010

Bs. As., 8/7/2010

VISTO el Expediente N'º1.372.461/10 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'º14.250 (t.o. 2004), la Ley N'º20.744 (t.o. 1976) y...

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