Resolución 624/2010

Fecha de publicación20 Agosto 2010
Fecha de disposición20 Agosto 2010
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31969

Viernes 20 de agosto de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 31.969 52

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1

'º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO PETROLERO DE CORDOBA, y la FEDERACION DE EXPENDEDORES DE COMBUSTIBLES Y AFINES DEL CENTRO DE LA REPUBLICA (F.E.C.A.C.), obrante a fojas 30 del Expediente N'º 373.755/10, conforme lo dispuesto por la Ley de Negociación Colectiva N'º14.250 (t.o. 2.004).

ARTICULO 2

'º — RegÃstrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 30 del Expediente N'º373.755/10.

ARTICULO 3

'º — RemÃtase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4

'º — NotifÃquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el cálculo de la Base Promedio y Tope Indemnizatorio, conforme lo dispuesto por el ArtÃculo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N'º20.744 (t.o. 2.004).

ARTICULO 5

'º — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO,

EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el ArtÃculo 5 de la Ley N'º14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N'º373.755/10

Buenos Aires, 19 de mayo de 2010

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N'º623/10, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 30 del expediente de referencia, quedando registrado con el número 655/10.

— VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación D.N.R.T.

EXPEDIENTE 373.755/10

En la ciudad de Córdoba, a los siete dÃas del mes de abril de 2010, siendo dÃa y hora de audiencia, comparecen previamente citados, ante mÃ, funcionario del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, Dr. Oscar Róvera, por el sector gremial, SINDICATO PETROLERO DE CORDOBA, Juan Bautista Bonada, José Enrique Sarracini, Guillermo Daniel Borelli, Carlos Gonzalez,

Farid Yoma, Patricia Ragessi, Estela Prieto, Carina Bustamante y Daniela Cáceres acompañados por su letrado patrocinante Dr. Nicolás Astegiano, Jorge Sanchez Freites y Oscar Luque y por el sector empleador, Federación de Expendedores de Combustibles y Afines del Centro (F.E.C.A.C.): Raul Castellano, Fabricio Sena y Raul Antonacci acompañados de su letrado asesor Dr. Fabián Cortez.

Concedida la palabra a las partes estas manifiestan haber arribado al siguiente acuerdo de incremento salarial para los trabajadores del sector comprendidos en el C.C.T.58/89, en los siguientes términos:

PRIMERO: Acordar un incremento salarial del quince por ciento (15%) sobre las escalas salariales vigentes a la fecha para el mes de abril de 2010 y un once por ciento (11%) para el mes de julio de 2010 sobre las escalas que resultan de la aplicación del incremento anterior, resultando de tal manera los siguientes importes correspondientes a las distintas categorÃas:

A PARTIR ABRIL/2010

CATEGORIAS BASICO INICIAL BASICO CON UN AÑO ANTIG.

Operario de Playa $2.307,00 $2.370,00

Op. Servicio Lavador $2.343,00 $2.409,00

Op. Servicio Engrasador $2.382,00 $2.455,00

Administrativo $2.377,00 $2.445,00

Encargado de Turno $2.409,00 $2.474,00

A PARTIR JULIO/2010

CATEGORIAS BASICO INICIAL BASICO CON UN AÑO ANTIG.

Operario de Playa $2.561,00 $2.630,00

Op. Servicio Lavador $2.600,00 $2.674,00

Op. Servicio Engrasador $2.644,00 $2.725,00

Administrativo $2.638,00 $2.714,00

Encargado de Turno $2.674,00 $2.746,00

SEGUNDO: Las partes solicitan la homologación del acuerdo que antecede por lo que solicitan al funcionario actuante la elevación de las presentes actuaciones a la superioridad a tales fines.

En este estado, el funcionario actuante dijo: téngase presente lo acordado por las partes y a los fines de la homologación del acuerdo formulado elévense las presentes por ante la superioridad a tales fines quedando las partes debidamente notificadas. Con lo que se dio por terminado el acto firmando las partes de conformidad siendo las 19:00hs.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N'º624/2010

Registro N'º654/2010

Bs. As., 14/5/2010

VISTO el Expediente N'º1.376.502/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'º14.250 (t.o. 2004), la Ley N'º20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:

Que a fojas 7/9 del Expediente N'º1.376.502/10, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE PASTAS ALIMENTICIAS, por el sector gremial, y el CENTRO DE FABRICANTES DE PASTAS FRESCAS DE LA CAPITAL FEDERAL y el CENTRO DE FABRICANTES DE PASTAS FRESCAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, por el sector empresarial...

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