Resolución 175/2010

Fecha de publicación19 Agosto 2010
Fecha de disposición19 Agosto 2010
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31968

Jueves 19 de agosto de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 31.968 20

Que del informe producido por la Dirección General del Registro Nacional de Cultos obrante a fajas 68/69 de las actuaciones citadas en el Visto resulta que, de los antecedentes debidamente evaluados, la institución requirente ha demostrado su carácter religioso de conformidad con lo dispuesto por el artÃculo 4'º del Decreto Reglamentario N'º2037/79.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTO RESUELVE:

ArtÃculo 1'º — InscrÃbase en el Registro Nacional de Cultos bajo el N'º4311 a la organización denominada MINISTERIO INTERNACIONAL PALABRA VIVA, con sede central en la Avenida Maipú N'º365, Ciudad de Vicente López, Partido de Vicente López, PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

Art. 2

'º — RegÃstrese la firma del señor Carlos Eduardo Felipe DE STEFANI MENDELAHASSU (M.I. N'º93.909.804) en su carácter de Presidente, bajo el número 8857 y procédase a extender la documentación correspondiente.

Art. 3

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Guillermo R. Oliveri.

SecretarÃa de Culto CULTO Resolución 174/2010

Reconócese como persona jurÃdica y entidad de bien público al Instituto Secular “Oblatas Diocesanas”.

Bs. As., 14/7/2010

VISTO el Expediente N'º0036554/2010 del registro de este Ministerio, y CONSIDERANDO:

Que el Instituto Secular “OBLATAS DIOCESANAS”, es un Instituto de Vida Consagrada de Derecho Diocesano y como tal ha acreditado su carácter de persona jurÃdica pública dentro de la IGLESIA CATOLICA APOSTOLICA ROMANA, conforme las normas del Código de Derecho Canónico.

Que la solicitante ha cumplido con todos los requisitos exigidos por la normativa vigente, acompañando sus constituciones, decreto de erección y memoria, debidamente autenticadas por la autoridad eclesiástica competente.

Que —conforme lo prescriben los artÃculos 4'º de la Ley N'º24.483 y 1'º del Decreto N'º 1092/97— las personas jurÃdicas comprendidas en el régimen de la Ley citada serán consideradas a todos los efectos entidades de bien público y beneficiarias del tratamiento dispensado por el artÃculo 20, incisos e) y f) de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997.

Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en el artÃculo 1'º de la Ley N'º24.483.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTO RESUELVE:

ArtÃculo 1'º â Reconócese como persona jurÃdica al Instituto Secular âOBLATAS DIOCESANASâ con sede legal en calle Maipú N'º4061, localidad de Ciudadela, Provincia de Buenos Aires, y sede especial en avenida Cachimayo N'º11, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el que queda inscripto bajo el número TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO...

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