Resolución 2425/2010

Fecha de la disposición 6 de Agosto de 2010
Art. 2º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese. -- Juan M. Abal Medina.

ANEXO I MINISTERIO DE SALUD SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS SUBSECRETARIA DE GESTION DE SERVICIOS ASISTENCIALES SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION HOMOLOGACIONES Unidad Organizativa Nivel Dirección de Rehabilitación III (Denominación Anterior: Dirección de Recursos en Rehabilitación) Dirección de Promoción III (Denominación Anterior: Dirección de Promoción) Dirección de Administración III (Denominación Anterior: Dirección de Administración) Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario CARNES Resolución 2425/2010

Declárase la existencia de caso fortuito o fuerza mayor en el marco de la Resolución Nº 542/09. Procédese a eximir a empresas y proyectos conjuntos de la aplicación de penalidades contenidas en el Decreto Nº 906/09.

Bs. As., 4/8/2010

VISTO el Expediente Nº S01:0501345/09 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 906 de fecha 16 de julio de 2009 se declara de interés público y económico el cupo tarifario otorgado por la UNION EUROPEA a nuestro país, denominado 'Cuota Hilton', atento su importancia económica, estratégica y social.

Que mediante el Artículo 6º del citado Decreto Nº 906/09 se faculta a la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, organismo descentralizado en la jurisdicción del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, como la autoridad de aplicación del mencionado decreto, siendo competente para evaluar y adjudicar la Cuota Hilton, otorgar el certificado de autenticidad de exportación Hilton, establecer, interpretar así como reglamentar las cuestiones referidas a los criterios de distribución, administración, asignación y control de dicho cupo tarifario, pudiendo dictar las normas complementarias que sean menester para el cabal cumplimiento de las facultades que por el citado decreto se le confieren.

Que, consecuentemente se dictaron las Resoluciones Nros. 7530 de fecha 17 de septiembre de 2009 y 542 de fecha 3 de diciembre de 2009, ambas de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, por las cuales se procedió a la reglamentación del presente concurso público para la distribución de la 'Cuota Hilton' correspondiente al período comprendido entre el 1º de julio de 2009 y el 30 de junio de 2010.

Que, posteriormente, se procedió a la distribución de la citada 'Cuota Hilton' correspondiente al ciclo comercial 2009-2010, mediante la Resolución Nº 1067 de fecha 15 de abril de 2010 de la referida OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO.

Que, finalmente, se dictó la Resolución Nº 1617 de fecha 9 de junio de 2010 de la citada Oficina Nacional por la cual se llevó a cabo la redistribución de las toneladas que fueran resignadas por distintas empresas adjudicatarias de 'Cuota Hilton'.

Que a fojas 6432/6845 se encuentran agregadas una serie de presentaciones efectuadas por las firmas adjudicatarias, las cuales manifiestan que no han dado cumplimiento con la exportación de la totalidad del cupo adjudicado, invocando circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor.

Que analizados los fundamentos esgrimidos por las administradas surge, como resulta de público y notorio conocimiento que existe una marcada reducción de hacienda y dentro de ella una mayor escasez de hacienda con destino exportación, lo cual ha incidido de manera directa con el incumplimiento en la exportación de la totalidad de las toneladas que le fueran adjudicadas a las licenciatarias de cuota.

Que atento el informe remitido por la Subsecretaría de Ganadería del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, obrante a fojas 6868/6884, del cual se desprende una caída de las existencias bovinas desde marzo de 2008 a marzo de 2010 y cuya principal razón ha sido la sequía registrada, quedaría...

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