Resolución 215/2022

Fecha de publicación13 Marzo 2023
EmisorAGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales


Ciudad de Buenos Aires, 12/09/2022

VISTO el Expediente EX-2021-114721652- -APN-DACYGD#AABE y su asociado EX-2018-01118258-APN-DMEYD#AABE, los Decretos Nros. 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012, 1.416 de fecha 18 de septiembre de 2013, 2.670 de fecha 1º de diciembre de 2015, el Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional aprobado por Resolución Nº 177 de fecha 16 de julio de 2022 (texto ordenado) (RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM), la Resolución Nº 35 (RESFC-2018-35-APN-AABE#JGM) de fecha 25 de enero de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Expediente citado en el Visto tramita la presentación efectuada por la MUNICIPALIDAD DE TAFÍ VIEJO de la Provincia de TUCUMÁN, por la que solicita a esta Agencia un permiso de uso precario y gratuito respecto de un sector de un inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL, ubicado en La Picada S/D de la Localidad y Departamento de TAFÍ VIEJO, Provincia de TUCUMÁN, identificado catastralmente como Departamento: 4 - Circunscripción: 1 - Sección: H - Manzana: 139 - Parcela: 1B (parte), vinculado al CIE 9000001179/2 y que cuenta con una superficie total aproximada de CIENTO SETENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON SETENTA Y SEIS DECÍMETROS CUADRADOS (175.948,76 m2), según se detalla en el PLANO-2022-36223512-APN-DSCYD#AABE, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente medida.

Que la solicitud referida tiene como objeto la consolidación del proyecto denominado “COMPLEJO ECO PRODUCTIVO MUNICIPAL” que consiste en el desarrollo de unidades productivas, sociales y agroecológicas, como así también de nuevas unidades productivas y que actualmente se encuentra funcionando en el inmueble requerido. La adecuación de la infraestructura del citado Complejo en la actualidad resulta para ese Municipio un objetivo indispensable para garantizar el desarrollo y crecimiento productivo, necesidad imperiosa y fundamental para producir en mayor escala y generar más puestos de trabajo genuinos, que puedan constituirse en el puente con el Programa Inclusión Social con Ingresos.

Que, asimismo se requiere incorporar el Centro de Primera Infancia allí existente a la administración de la Municipalidad lo cual permitirá, en el marco del Plan de Desarrollo Productivo Local, que los padres y madres trabajadores puedan realizar su actividad laboral, posibilitando de esta manera su inserción laboral.

Que del informe técnico, dominial y catastral elaborado por la DIRECCIÓN DE SANEAMIENTO CATASTRAL Y DOMINIAL de esta Agencia, mediante ficha técnica Informe IF-2022-37649724-APN-DSCYD#AABE y PLANO-2022-36223512-APN-DSCYD#AABE, surge que el sector pretendido por la Municipalidad se encuentra dentro de un inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL, en jurisdicción de esta Agencia.

Que asimismo, en el marco del Expediente EX-2018-01118258- -APN-DMEYD#AABE se resolvió mediante Resolución Nº 35 (RESFC-2018-35-APN-AABE#JGM) de fecha 25 de enero de 2018 otorgar el uso...

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