Resolución 63/2010

Fecha de la disposición28 de Julio de 2010

Que el Decreto Nº 1421/02 establece la reglamentación de la Ley Nº 25.164 y prevé en su artículo 9º, último párrafo, que el Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones a los requisitos mínimos establecidos para el acceso a cada nivel o posición escalafonaria mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos de funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral.

Que la Resolución de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48/02 y sus modificatorias aprobaron las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones de personal a celebrarse según lo establecido en el artículo 9º del Anexo de la Ley Nº 25.164 y su Decreto reglamentario Nº 1421/02.

Que el MINISTERIO DEL INTERIOR ha solicitado las contrataciones en los términos del régimen previsto por la Ley antes citada, de las personas detalladas en el Anexo I, equiparándolas al Nivel y Grado del Agrupamiento General del Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por Decreto Nº 2098/08, tomando además en consideración lo normado por las Decisiones Administrativas Nº 3/04 y Nº 1151/06 y sus modificatorias.

Que las aptitudes y experiencias de las personas referenciadas resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, fundamentos suficientes para tramitarles una excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02.

Que la financiación de las contrataciones que se posibilitan efectuar por la presente, será atendida oportunamente con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 30 --MINISTERIO DEL INTERIOR-- de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.546.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y del último párrafo del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

Artículo 1º

Exceptúanse a las personas incluidas en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente, de lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, al solo efecto de posibilitar sus contrataciones en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR, equiparándolas por el período y al Nivel y Grado del Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por Decreto Nº 2098/08, conforme el régimen previsto en el artículo 9º del Anexo a la Ley Nº 25.164, de acuerdo con el detalle obrante en el Anexo I de la presente.

Art. 2º -- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- Aníbal D. Fernández. -- Aníbal F...

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