Resolución 214/2021

Fecha de publicación28 Abril 2022
SecciónResoluciones
EmisorAGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO


Ciudad de Buenos Aires, 14/12/2021

VISTO el Expediente EX-2021-14992227- -APN-DACYGD#AABE, los Decretos Nros. 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012, 1.416 de fecha 18 de septiembre de 2013, 2.670 de fecha 1º de diciembre de 2015, el Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional aprobado por Resolución Nº 213 de fecha 19 de julio de 2018 (RESFC-2018-213-APN-AABE#JGM) y su modificatoria Nº 540 de fecha 5 de diciembre de 2019 (RESFC-2019-540-APN-AABE#JGM), el Convenio Marco de Colaboración suscripto entre la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO y la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO en fecha 20 de marzo de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Expediente citado en el Visto tramita la presentación efectuada por el CLUB PERSONAL DE DIRECCIÓN DEL FERROCARRIL GENERAL ROCA, requiriendo la cesión de un sector del inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL, ubicado en la calle Barragán S/Nº, comprendido dentro del Cuadro de Estación REMEDIOS DE ESCALADA, de la Línea ROCA, Ramal: R.1.A, sito en la Localidad de REMEDIOS DE ESCALADA, Partido de LANÚS, Provincia de BUENOS AIRES, vinculado al CIE 0600073478/386, identificado catastralmente como Partido: 25 - Circunscripción: II - Sección: N - Fracción: III - Parcela: 1A (parte), que cuenta con una superficie aproximada de DOS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON TRES DECÍMETROS CUADRADOS (2.558,03 m2), según se detalla en el PLANO-2021-39557336-APN-DSCYD#AABE, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente medida.

Que la solicitud presentada por el CLUB PERSONAL DE DIRECCIÓN DEL FERROCARRIL GENERAL ROCA tiene por objeto regularizar las condiciones de uso de dicho sector por parte de la referida entidad, el cual es utilizado como espacio de circulación peatonal que permite el ingreso desde la vía pública al predio comprendido dentro del mismo Cuadro de Estación, donde los asociados del Club desarrollan actividades deportivas, culturales y sociales.

Que oportunamente, en el marco de la Ley N° 24.146 y a instancias de la Disposición N° 106 de fecha 19 de mayo de 2003 del entonces ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES, se transfirieron DOS (2) fracciones de terreno pertenecientes al Cuadro de Estación REMEDIOS ESCALADA al CLUB PERSONAL DE DIRECCIÓN DEL FERROCARRIL GENERAL ROCA, no habiéndose incorporado dentro de la transferencia el sector solicitado en esta instancia.

Que el CLUB PERSONAL DE DIRECCIÓN DEL FERROCARRIL GENERAL ROCA cuenta personería jurídica N° 3615 conforme surge del certificado de vigencia expedido por el MINISTERIO DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

Que, conforme surge de su Estatuto, el Club tiene por objeto: a) Propulsar el desarrollo integral de la cultura física, moral e intelectual de sus asociados a cuyo efecto habilitará las instalaciones deportivas y sociales que permitan los medios y recursos a su alcance; y b) Organizar competiciones y torneos internos y externos y participar en todos aquellos actos relacionados con sus fines específicos que organicen otras entidades afines, vinculadas o no en el quehacer ferroviario, entre otros.

Que del informe técnico, dominial y catastral elaborado por la DIRECCIÓN DE SANEAMIENTO CATASTRAL Y DOMINIAL identificado como IF-2021-40343539-APN-DSCYD#AABE y PLANO-2021-39557336-APN-DSCYD#AABE surge que el sector pretendido por el...

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