Resolución 769/2010

EmisorSuperintendencia de Servicios de Salud
Fecha de la disposición 2 de Julio de 2010

ANEXO II FORMULARIO B SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD Resolución 769/2010

Requisitos para la inscripción en el Registro de Entidades de Cuidado de Salud creado por la Resolución Nº 433/02.

Bs. As., 28/6/2010

VISTO las Resoluciones Nros. 433/02-SSSalud, 560/02-SSSalud y 334/03-SSSalud y el Expediente Nº 173291/2010-SSSalud; y CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Nº 433/02-SSSalud se crea el Registro de Entidades de Cuidado de la Salud, entendiéndose por tales a las personas jurídicas cuyo objeto social las faculte a brindar prestaciones médicas, odontológicas y/o farmacéuticas a sus asociados y grupos familiares, a través de un sistema de asociación voluntaria y mediante el pago de una cuota mensual, ya sea a través de efectores propios o a través de terceros vinculados y/o contratados al efecto; conforme artículos 1º y 2º de la referida norma.

Que dichas entidades celebraron un convenio con este Organismo, en el cual las ECS se comprometían a presentar anualmente los padrones de población beneficiaria, los programas médico-asistenciales que brindan a sus beneficiarios y los contratos de cobertura.

Que practicado un relevamiento en el Registro creado al sólo efecto estadístico, respecto de estas entidades, se advierte que la mayoría de ellas no han cumplimentado los extremos citados en el Considerando precedente.

Que atento el tiempo transcurrido y considerando que el convenio celebrado entre las partes establece una vigencia de tres años renovables automáticamente, salvo manifestación en contrario de cualquiera de los suscriptores; se hace necesario, independientemente de que las inscriptas hubieren remitido la información comprometida, reformular los plazos y sujetar la reinscripción de las vigentes a la observancia de las condiciones previstas a su cargo.

Que en esta nueva instancia se estima conducente incluir, entre los requisitos a cumplimentar por las ECS, el informar la fecha de cierre de sus balances, como así, remitir el último balance aprobado.

Que teniendo en cuenta las controversias que se han suscitado respecto del alcance de la inscripción en el Registro de Entidades de Cuidado de la Salud, se hace imperioso aclarar que la misma no suple la exigencia de encontrarse inscripta en el Registro Nacional de Prestadores, para celebrar contratos prestacionales con los Agentes del Seguro de Salud.

Que en virtud de lo expuesto, se hace...

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