Resolución 210/2020

Fecha de publicación09 Octubre 2020
SecciónResoluciones
EmisorPODER JUDICIAL DE LA NACIÓN CONSEJO DE LA MAGISTRATURA


Ciudad de Buenos Aires, 06/10/2020

En Buenos Aires, a los 6 días del mes de octubre del año dos veinte, sesionando a través de videoconferencia, con la Presidencia del Dr. Alberto Agustín Lugones, los/las señores/as consejeros/as asistentes, y

VISTO:

El expediente AAD 66/2020, caratulado “Camaño Graciela (Consejera) s/ Proy. Mod. al Reg. de Concursos para Selec. De Magist. –jurados-” y las propuestas de los consejeros Pablo Tonelli y Juan Manuel Culotta –que obran a fs. 19/21 y 22/27, respectivamente, y

CONSIDERANDO:

1º) Que se estima necesaria una reforma del Reglamento de Concursos Públicos de Oposición y Antecedentes para la Designación de Magistrados del Poder Judicial de la Nación, con el objeto de mejorar el marco regulatorio correspondiente a la actuación de los jurados en el procedimiento de selección. En tal sentido, optimizar la celeridad en su desempeño contribuiría a agilizar la tramitación del concurso y, por ende, a la más pronta cobertura de las vacantes; garantizando, de tal modo, la eficaz prestación del servicio de justicia que este Consejo debe asegurar a los ciudadanos.

2º) Que, mediante resolución 186/2020, el Plenario del Cuerpo aprobó la modificación de los artículos 1º, 3º, 31º y 33º del Reglamento de Concursos de Oposición y Antecedentes para la Designación de Magistrados del Poder Judicial de la Nación, aprobado por Resolución Nº 7/14 y sus modificatorias, de conformidad con lo propuesto en el Dictamen 20/2020 de la Comisión de Selección de Magistrados y Escuela Judicial.

3º) Que, de las propuestas de modificación contenidas en el mencionado dictamen, resultó pendiente de consideración por el Plenario aquello que atañe a las mociones de mayoría y minoría elevadas por la Comisión de Selección de Magistrados y Escuela Judicial respecto del art. 2º del Reglamento de Concursos.

4º) Que, en la sesión Plenaria del día de la fecha, se estimó necesario proponer una nueva redacción que aúne las diferentes posiciones que se registraron durante el nutrido debate que tuvo lugar en torno a las propuestas de modificación del referido artículo.

5º) Que, en ese ámbito, se consideró la redacción que aquí se expresa: “Modifíquese el artículo 2º del Reglamento de Concursos Públicos de Oposición y Antecedentes para la Designación de Magistrados del Poder Judicial de la Nación por el siguiente texto: Artículo 2°: ‘Cada vez que se produzca una vacante, o cuando lo decida el Plenario en función del artículo 7° inciso 6 de la Ley 24.937 y sus modificatorias, la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR