Resolución 21/2023

Fecha de publicación28 Julio 2023
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales,undefined
EmisorINSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA


2A. Sección, Mendoza, 26/07/2023

VISTO el Expediente Nº EX-2022-75414171-APN-DD#INV, la Ley Nacional de Alcoholes Nº 24.566, las Resoluciones Nros. C.11 de fecha 4 de diciembre de 1996, C.21 de fecha 12 de junio de 2001, C.37 de fecha 1 de diciembre de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 4º de la Ley Nacional de Alcoholes Nº 24.566 establece que el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV), será la autoridad de aplicación y dictará las normas reglamentarias necesarias para la prosecución de los fines inherentes a la misma.

Que la Resolución Nº C.11 de fecha 4 de diciembre de 1996 establece que todo establecimiento cuya actividad sea la destilación, fabricación, manipulación, fraccionamiento o comercialización de alcoholes etílico y metanol, deberán inscribirse en los registros del INV, en las condiciones fijadas por esta.

Que la Resolución Nº C.21 de fecha 12 de junio de 2001, modificada por el Artículo 1° de la Resolución N° 59 de fecha 5 de abril de 2017, define como Planta de Almacenaje, al local destinado al depósito, tenencia o consignación de volúmenes de Alcohol Etílico Cualquier Origen y/o Tipo, Aguardiente Natural Cualquier Origen y/o Metanol pudiendo efectuar todas la operaciones lícitas permitidas por el INV para el acondicionamiento de los alcoholes.

Que la Resolución Nº C.37 de fecha 1 de diciembre de 2009, define como Anhidradora, al local de destilación, deshidratación o almacenaje de alcohol etílico anhidro destinado a la mezcla con naftas para la obtención de bicombustibles, pudiendo no poseer columna de destilación en cuyo caso el alcohol recibido para anhidrar deberá proceder de un establecimiento inscripto ante el INV como destilería.

Que en la actualidad se ha podido observar un gran desarrollo en la elaboración de bebidas alcohólicas destiladas de manera artesanal.

Que ante la actual situación de la industria alcoholera, se hace necesario proceder a una adecuación de la normativa que reglamenta el régimen de inscripciones y transferencias de los establecimientos involucrados en la misma.

Que en virtud de lo señalado resulta necesario modificar las definiciones y requisitos para la inscripción y habilitación de los establecimientos.

Que la...

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