Resolución 1346/2010

EmisorMinisterio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos
Fecha de la disposición 3 de Junio de 2010

QUEDAN DEBIDAMENTE NOTIFICADOS.

ADOLFO C. MARTINEZ, Administrador AFIP, DGA, Aduana Formosa.

  1. 03/06/2010 Nº 59352/10 v. 04/06/2010 ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS ADUANA DE CONCEPCION DEL URUGUAY - ENTRE RIOS Art. 1105 del Código Aduanero --LEY 22.415--.

    Se hace saber por este medio a la señora Mironchik Brenda que en el Sumarios que se detalla al pie se ha decretado la Rebeldía en concordancia al Art. 1105 de la Ley 22.415, por no haberse presentado a estar a derecho ni a ofrecer pruebas. Considerándose como domicilio constituido a los efectos procesales en los estrados de esta División Aduana de Concepción del Uruguay --Estrada Nº 4 3260 Concepción del Uruguay Entre Ríos - conforme Art. 1004 del mismo texto legal. Fdo.:

    HUGO MIGUEL GUGLIELMINO, Administrador de la Aduana, Concepción del Uruguay--.

    S.C. Nº INTERESADO INFRACC.

    014/2009 MIRONCHIK BRENDA Art. 986

    HUGO M. GUGLIELMINO, Administrador, Aduana C. del Uruguay.

  2. 03/06/2010 Nº 59437/10 v. 03/06/2010 ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS ADUANA DE POCITOS SECCION C REF: Ley 25.603.

    Prof. Salvador Maa - Salta. Fdo.: MARCELO OMAR ZALAZAR,

    Asesor Coordinador Firma Responsable (a/c) de Aduana de Pocitos.

  3. 03/06/2010 Nº 59290/10 v. 03/06/2010 MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS Resolución Nº 1346/2010

    Bs. As., 27/5/2010

    VISTO el Expediente Nº S02:0001205/2006, Cuerpos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII y IX, del registro de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, los Decretos Nros. 436 del 30 de mayo de 2000,

    Jueves 3 de junio de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.916 36

    1023 del 13 de agosto de 2001 y 1344 del 4 de octubre de 2007, las Resoluciones Nros. 79 del 5 de agosto de 2005 del registro de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y 2333 del 7 de julio de 2009 del registro de este Ministerio, y CONSIDERANDO:

    Que por el expediente citado en el Visto, la POLICIA FEDERAL ARGENTINA tramitó el segundo llamado de la Licitación Pública Nacional Nº 12/07 con el objeto de contratar el servicio de mantenimiento preventivo, correctivo e integral de la totalidad de los equipos de aire acondicionado ubicados en el Complejo Médico 'CHURRUCA-VISCA', que fuera autorizado por la Resolución M.J.S. y D.H. Nº 2333/09.

    Que en el acto de apertura de ofertas realizado el 19 de agosto de 2009, se recibieron las ofertas de las firmas 'CONSULTORA INTEGRAL DE PRODUCCION Y SERVICIOS S.A.', 'INELCO S.A.' e 'INGENIERIA AHMAD S.R.L.' según surge del acta de fojas 1252 y vuelta.

    Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION en la Nota Nº 3118/2009 - G.N. y E. obrante a fojas 1602, informó que, dada la especificidad del servicio a contratar que incluye tareas a desarrollarse especial y únicamente en esta oportunidad, no fue posible relevar por los canales habituales de información precios representativos de mercado y emitir el Precio Testigo solicitado.

    Que en su primera intervención la COMISION EVALUADORA DE OFERTAS de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA mediante el Dictamen Nº 36 del 24 de septiembre de 2009 obrante a fojas 1603/1604, estimó pertinente intimar a las firmas 'CONSULTORA INTEGRAL DE PRODUCCION Y SERVICIOS S.A.', 'INELCO S.A.' e 'INGENIERIA AHMAD S.R.L.' a subsanar los defectos formales de sus propuestas conforme con lo normado por el artículo 141 del Anexo al Decreto Nº 436/00.

    Que dicho acto fue notificado en forma fehaciente a los oferentes interesados.

    ...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR