Resolución 2063/2020

Fecha de publicación26 Noviembre 2020
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE SALUD


Ciudad de Buenos Aires, 24/11/2020

VISTO el Expediente Nº EX-2020-42089093-APN-DD#MS, la Ley Nº 26.862, el Decreto Reglamentario Nº 956/13 y la Resolución de este Ministerio Nº 2190/2016, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 26.862 tiene por objeto garantizar el acceso integral a los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de reproducción médicamente asistida.

Que conforme lo establecido por la referida ley, el MINISTERIO DE SALUD, sin perjuicio de sus funciones como autoridad de aplicación y para llevar a cabo el objeto de la misma, deberá: a) Arbitrar las medidas necesarias para asegurar el derecho al acceso igualitario de todos los beneficiarios a las prácticas normadas por la presente; b) Publicar la lista de centros de referencia públicos y privados habilitados, distribuidos en todo el territorio nacional con miras a facilitar el acceso de la población a las mismas; c) Efectuar campañas de información a fin de promover los cuidados de la fertilidad en mujeres y varones; y d) Propiciar la formación y capacitación continua de recursos humanos especializados en los procedimientos y técnicas de reproducción médicamente asistida.

Que la citada norma legal ha establecido tanto el carácter de orden público de sus disposiciones como el de su aplicación en todo el territorio de la República Argentina, en concordancia y con el alcance previsto en su Decreto Reglamentario Nº 956/13.

Que a través de la Resolución N° 2190/2016 de este Ministerio se creó el PROGRAMA NACIONAL DE REPRODUCCIÓN MÉDICAMENTE ASISTIDA, al cual le fueron asignados los objetivos de: arbitrar las medidas necesarias para asegurar el derecho al acceso igualitario de todos los beneficiarios a las prácticas normadas por la ley N° 26.862; proveer el servicio de certificación y registro tendiente a tornar operativos los derechos reconocidos por el Código Civil y Comercial de la Nación, a las personas nacidas por técnicas de reproducción humana asistida; propiciar la formación y capacitación continua de recursos humanos especializados en los procedimientos y técnicas de reproducción humana asistida; promover conjuntamente con el MINISTERIO DE EDUCACIÓN, la actualización del capital humano en la materia, involucrando a las universidades formadoras en ciencias de la salud; y coordinar con las autoridades sanitarias de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la creación de servicios de reproducción médicamente asistida de distintas complejidades, según necesidades y existencia previa de los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR