Resolución 109/2010

Fecha de disposición26 Mayo 2010
Fecha de publicación26 Mayo 2010
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31910

Que la Dirección de Presupuesto, la Dirección General de Administración, la SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA y la SECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL han tomado la intervención que les compete.

Que a los fines civiles y administrativos, es necesario el reconocimiento de la designación efectuada.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas al suscripto por Resolución Ministerial Nº 1230 de fecha 5 de junio de 2008.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTO RESUELVE:

Artículo 1º

Reconócese Administrador de la Eparquía SANTA MARIA DEL PATROCINIO EN BUENOS AIRES DE LOS UCRANIOS, en sede vacante, a partir de la toma de posesión del oficio, al Presbítero Sviatoslav SHEVCHUK (M.I.

94.316.911), hasta tanto la Santa Sede designe nuevo Obispo.

Art. 2º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Guillermo R. Oliveri.

Ministerio de Relaciones Exteriores,

Comercio Internacional y Culto CULTO Resolución 237/2010

Reconócese al Obispo Auxiliar de la Arquidiócesis de La Plata.

Bs. As., 14/5/2010

VISTO el Expediente Nº 17.198/2010 del registro de este Ministerio originado en la presentación de la nota de la Nunciatura Apostólica de fecha 30 de marzo de 2010, por la que se comunica que Su Santidad el Papa BENEDICTO XVI ha nombrado Obispo Auxiliar de la Arquidiócesis de LA PLATA al Presbítero Nicolás BAISI, y CONSIDERANDO:

Que a los fines civiles y administrativos, es necesario el reconocimiento de la designación efectuada.

Que por Decreto Nº 2109 de fecha 8 de octubre de 1990, este Ministerio se encuentra facultado para reconocer a los Obispos Auxiliares de la Iglesia Católica Apostólica Romana.

Que la Dirección de Presupuesto, la Dirección General de Administración, la SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA, la SECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL y la SECRETARIA DE CULTO han tomado la intervención que les compete.

Por ello,

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES,

COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO RESUELVE:

Artículo 1º

Reconócese Obispo Auxiliar de la Arquidiócesis de LA PLATA al Presbítero Nicolás BAISI (M.I. Nº 16.377.860).

Art. 2º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Jorge E. Taiana.

Ministerio de Relaciones Exteriores,

Comercio Internacional y Culto CULTO Resolución 236/2010

Reconócese al Obispo Auxiliar de la Arquidiócesis de Buenos Aires.

Bs. As., 14/5/2010

VISTO el Expediente Nº 12.968/2010 del registro de este Ministerio originado en la presentación de la nota de la Nunciatura Apostólica de fecha 12 de marzo de 2010, por la que se comunica que Su Santidad el Papa BENEDICTO XVI ha nombrado Obispo Auxiliar de la Arquidiócesis de BUENOS AIRES al Reverendo Padre Vicente BOKALIC, y CONSIDERANDO:

Que a los fines civiles y administrativos, es necesario el reconocimiento de la designación efectuada.

Que por Decreto Nº 2109 de fecha 8 de octubre de 1990, este Ministerio se encuentra facultado para reconocer a los Obispos Auxiliares de la Iglesia Católica Apostólica Romana.

Que la Dirección de Presupuesto, la Dirección General de Administración, la SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA, la SECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL y la SECRETARIA DE CULTO han tomado la intervención que les compete.

Por ello,

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES,

COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO RESUELVE:

Artículo 1º

Reconócese Obispo Auxiliar de laArquidiócesisdeBUENOSAIRESalReverendo Padre Vicente BOKALIC (M.I. Nº 10.358.426).

Art. 2º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Jorge E. Taiana.

Secretaría de Culto CULTO Resolución 110/2010

Inscríbese en el Registro Nacional de Cultos a la organización denominada Iglesia Visión y Vida.

Bs. As., 17/5/2010

VISTO la presentación que por Expediente Nº 16.343/09 del registro de este Ministerio efectúa la entidad IGLESIA VISIÓN Y VIDA en la que solicita su inscripción en el Registro Nacional de Cultos, según lo establecido por el artículo 2º de la Ley Nº 21.745, y CONSIDERANDO:

Que el artículo 14 de la CONSTITUCION NACIONAL establece el derecho de todo habitante de profesar libremente su culto dentro del marco de las leyes que reglamentan su ejercicio.

Que corresponde al PODER EJECUTIVO NACIONAL dictar los reglamentos necesarios para la ejecución de las leyes.

Que la entidad peticionante ha dado cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Nº 21.745 y su Decreto Reglamentario Nº 2037/79.

Que del informe producido por la Dirección General del Registro Nacional de Cultos obrante a fojas 47 de las actuaciones citadas en el Visto resulta que, de los antecedentes debidamente evaluados, la institución requirente ha demostrado su carácter religioso de conformidad con lo dispuesto por el articulo 4º del Decreto Reglamentario Nº 2037/79.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTO RESUELVE:

Artículo 1º

Inscríbase en el Registro Nacional de Cultos bajo el Nº 4268 a la organización denominada IGLESIA VISIÓN Y VIDA, con sede central en la Avenida San Martín Nº 1754, Ciudad de Florencio Varela, PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

Art. 2º

Regístrese la firma del señor Ramón Arnulfo RODRÍGUEZ (M.I. Nº 13.717.476) en su carácter de Presidente, bajo el número 8773 y procédase a extender la documentación correspondiente.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Guillermo R. Oliveri.

Secretaría de Culto CULTO Resolución 106/2010

Inscríbese en el Registro Nacional de Cultos a la organización denominada Ministerio Evangelístico Derrotadores con el Poder de Dios.

Bs. As., 17/5/2010

VISTO la presentación que por Expediente Nº 56.457/09 del registro de este Ministerio efectúa la entidad MINISTERIO EVANGELÍSTICO DERROTADORES CON EL PODER DE DIOS en la que solicita su inscripción en el Registro Nacional de Cultos, según lo establecido por el artículo 2º de la Ley Nº 21.745, y CONSIDERANDO:

Que el artículo 14 de la CONSTITUCION NACIONAL establece el derecho de todo habitante de profesar libremente su culto dentro del marco de las leyes que reglamentan su ejercicio.

Que corresponde al PODER EJECUTIVO NACIONAL dictar los reglamentos necesarios para la ejecución de las leyes.

Que la entidad peticionante ha dado cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Nº 21.745 y su Decreto Reglamentario Nº 2037/79.

Que del informe producido por la Dirección General del Registro Nacional de Cultos obrante a...

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