Resolución 1480/2010

Fecha de publicación19 Mayo 2010
Fecha de disposición19 Mayo 2010
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31907

Autorízase el pago de aportes no reintegrables.

Bs. As., 13/5/2010

VISTO el Expediente Nº S01:0146318/2010 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Nº 169 de fecha 5 de marzo de 2009 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCAY ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE PRODUCCION, se estableció un mecanismo destinado a otorgar aportes no reintegrables a los productores tamberos, con el fin de promover el crecimiento sostenido del sector, mejorar los ingresos de los productores, asegurar el abastecimiento al mercado interno, generar precios razonables para productos de consumo masivo y a la vez fortalecer la inserción de la lechería argentina en el mercado internacional.

Que por el Artículo 3º de la citada Resolución Nº 169/09 se dispuso que fueran beneficiarios de dicho aporte los productores tamberos que hayan producido un promedio diario inferior o igual a TRES MIL (3.000) litros de leche fluida sin procesar, con destino a su industrialización, en el período comprendido desde junio a septiembre de 2008.

Que por la Resolución Nº 2241 de fecha 6 de marzo de 2009 de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, se determinó la metodología para la implementación del régimen establecido por la mencionada Resolución Nº 169/09.

Que por la Resolución Nº 393 de fecha 11 de junio de 2009 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS se amplió el mecanismo destinado a otorgar aportes no reintegrables a los productores tamberos establecido por la referida Resolución Nº 169/09, incorporando a aquellos productores que en el período de referencia hayan producido un promedio diario superior a TRES MIL (3.000) pero inferior o igual a SEIS MIL (6.000) litros de leche fluida sin procesar, con destino a su industrialización, en cumplimiento del Acta Acuerdo suscripta con fecha 2 de junio de 2009 entre el Gobierno Nacional y asociaciones de productores tamberos.

Que por la Resolución Nº 5295 de fecha 12 de junio de 2009 de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, se extendieron los alcances de la citada Resolución Nº 2241/09.

Que por la Resolución Nº 513 de fecha 5 de agosto de 2009 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCAY ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE PRODUCCION, se amplió el mecanismo destinado a otorgar aportes no reintegrables a los productores tamberos establecido por las referidas Resoluciones Nros. 169/09 y 393/09, alcanzando a aquellos productores que en el período de referencia hayan producido un promedio diario de hasta DOCE MIL (12.000) litros de leche fluida sin procesar, con destino a su industrialización, y elevando el monto del aporte a PESOS CERO CON VEINTE CENTAVOS ($ 0,20), en cumplimiento del Acuerdo Marco suscripto con fecha 30 de julio de 2009 entre el Gobierno Nacional y asociaciones de productores tamberos.

Que por el Artículo 4º de la mencionada Resolución Nº 513/09 se establece que serán beneficiarios de dicho aporte los productores tamberos que se encuentren asociados a las entidades firmantes del Acuerdo Marco aludido, pudiendo los restantes productores tamberos adherirse al sistema implementado por la misma, dentro de los TREINTA (30) días corridos de su publicación en el Boletín Oficial, conforme lo establecido por la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO.

Que, a su vez, por el Artículo 3º de la antedicha Resolución Nº 513/09 se dispone que el pago de los aportes se efectivizará directamente en la cuenta bancaria que cada beneficiario identifique a tal fin.

Que, por la Resolución Nº 6688 de fecha 6 de agosto de 2009 de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO se extendieron los alcances de las mencionadas Resoluciones Nros. 2241/09 y 5295/09, ambas de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, incluyendo a aquellos productores tamberos que hayan producido un promedio diario de hasta DOCE MIL (12.000) litros de leche fluida sin procesar, con destino a su industrialización, en el período comprendido desde junio a septiembre de 2008.

Que la Coordinación Legal y Técnica de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección de Legales del Area de AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete, conforme a lo establecido por el Artículo 16 del Decreto Nº 1067 de fecha 31 de agosto de 2005.

Que el suscripto es competente para dictar la presente resolución en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 1067 de fecha 31 de agosto de 2005 y por la Resolución Nº 169 de fecha 5 de marzo de 2009 y sus complementarias Nros. 393 de fecha 11 de junio de 2009 y 513 de fecha 5 de agosto de 2009, todas de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA,

PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE PRODUCCION.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO RESUELVE:

Artículo 1º

Apruébanse los aportes no reintegrables a los productores tamberos que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente medida, por el monto total de PESOS CINCO MILLONES NOVECIENTOS DIECISEIS MIL CUATROCIENTOS SETENTA CON VEINTISEIS CENTAVOS ($ 5.916.470,26), correspondientes al mes de diciembre de 2009, en razón a las manifestaciones expresadas en los considerandos precedentes.

Art. 2º

Autorízase el pago directo de los aportes no reintegrables consignados individualmente a los productores tamberos detallados en el anexo que forma parte integrante de la presente medida, por el monto total de PESOS CINCO MILLONES NOVECIENTOS DIECISEIS MIL CUATROCIENTOS SETENTA CON VEINTISEIS CENTAVOS ($ 5.916.470,26), correspondientes al mes de diciembre de 2009.

Art. 3º

El gasto que demande la implementación de lo establecido por el Artículo 2º de la presente medida, será atendido mediante la cuenta habilitada a tal efecto, con cargo al Crédito Vigente de la Entidad 611 - ONCCA, Programa 16, Fuente de Financiamiento 11 - Tesoro Nacional.

Art. 4º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección del Registro Oficial y archívese. -- Juan M. Campillo.

ANEXO Nº Cuit del Informante Razón social del informante Cuit del productor Razón social del productor Nro. de tambo PROVINCIA CBU promedio 12/09 A Pagar 1 30709267635 CANAGRO S.A. 20109437094 GUILLERMO BARDENGO 3 BUENOS AIRES `' 0140306801644301370256 `' 1.060 32.845 $ 6.569,02

2 30709267635 CANAGRO S.A. 30707122567 PRODEO SRL 4 BUENOS AIRES `' 1910144855014400672914 `' 837 25.950 $ 5.190,08

3 30709267635 CANAGRO S.A. 23141187589 ANA FERNANDA MANDALUNIS 5 BUENOS AIRES `' 0140306801644301351356 `' 3.890 93.000 $ 18.600,00

4 30709267635 CANAGRO S.A. 23046984919 GARMENDIA, JUAN ANTONIO 6 BUENOS AIRES `' 0140306801644300420242 `' 710 22.010 $ 4.402,00

5 30709267635 CANAGRO S.A. 20004225547 SUC. GEOGHEGAN, PATRICIO CARLOS 7 BUENOS AIRES `' 0140347101640101063888 `' 2.270 70.361 $ 14.072,26

6 30709267635 CANAGRO S.A. 30707844074 SAN IGNACIO AGROPECUARIA SA 8 BUENOS AIRES `' 0140000701100000839468 `' 6.750 93.000 $ 18.600,00

7 30709267635 CANAGRO S.A. 27107584779 MARIA DEL VALLE ORIHUELA 10 BUENOS AIRES `' 0140306803644301851407 `' 595 18.445 $ 3.689,00

8 30709267635 CANAGRO S.A. 30616267260 TORRES NELIDA Y JOSE 12 BUENOS AIRES `' 0070065830004001745013 `' 1.435 44.485 $ 8.897,00

9 30709267635 CANAGRO S.A. 30687496732 CABAÑA SAN ROQUE SRL 13 BUENOS AIRES `' 0140003801400302012520 `' 974 30.194 $ 6.038,80

10 33684929289 CARNEVALI HNOS SA 30678146354 TAMBO Y PRADERA LA CATALINA SRL 1 BUENOS AIRES `' 0140092201703100386254 `' 826 25.606 $ 5.121,20

11 33684929289 CARNEVALI HNOS SA 30708390379 LA ARBOLEDA S.R.L. 3 BUENOS AIRES `' 1500075600032732379932 `' 1.609 49.888 $ 9.977,58

12 33684929289 CARNEVALI HNOS SA 20043033094 ARDOHAIN, JOSE CARLOS 4 BUENOS AIRES `' 0140041001701900274094 `' 2.583 80.079 $ 16.015,77

13 33684929289 CARNEVALI HNOS SA 20136416457 WALTER GUILLERMO FERNANDO BACHMANN 5 BUENOS AIRES `' 0140041001701905006094 `' 493 15.283 $ 3.056,60

14 33684929289 CARNEVALI HNOS SA 20077085212 ALDO ANTONIO SONA 6 BUENOS AIRES `' 0140041001701901674794 `' 2.925 90.675 $ 18.135,00

15 33684929289 CARNEVALI HNOS SA 20101340296 ALVARO DIAZ CISNEROS 7 BUENOS AIRES `' 0167777100001494740137 `' 447 13.857 $ 2.771,40

16 33684929289 CARNEVALI HNOS SA 30647561507 EL TORDILLO SAAC 8 BUENOS AIRES `' 0140092201703100519472 `' 3.486 93.000 $ 18.600,00

17 33684929289 CARNEVALI HNOS SA 20129462699 LINARI, JAVIER MARIA 9 BUENOS AIRES `' 0140092201703100393140 `' 4.061 93.000 $ 18.600,00

18 30708387254 CENCI AGROINDUSTRIAL SA 33678346379 SOLA CARLOS E INVILKELRIED RUBEN 1 SANTA FE `' 0110462640046271373326 `' 3.000 93.000 $ 18.600,00

19 30708387254 CENCI AGROINDUSTRIAL SA 30613551073

COLOMBA ESMERALDA JUANA Y COLOMBA BENITOFRANCISCO 2 SANTA FE `' 0110462630046270122151 `' 386 11.966 $ 2.393,20

20 30708387254 CENCI AGROINDUSTRIAL SA 20062584212 PRIMO ELDO MIGUEL 3 SANTA FE `' 0110462620046210179640 `' 1.014 31.434 $ 6.286,80

21 30708387254 CENCI AGROINDUSTRIAL SA 20131050829 COLOMBA ADRIAN MANUEL 4 SANTA FE ' 0110462620046210592892' 1.648 51.101 $ 10.220,20

22 20114229327 CONRERO ARMANDO JUAN 20210859544 CONRERO SILVIO TADEO 1 CORDOBA ' 1500662400066232193796 ' 1.686 52.256 $ 10.451,28

23 20114229327 CONRERO ARMANDO JUAN 20166549613 PIVA VICTOR ALFREDO 2 CORDOBA '0200439011000030052862' 293 9.069 $ 1.813,75

24 20114229327 CONRERO ARMANDO JUAN 20116456088 WOLFF RAUL MARIO 6 CORDOBA '0200415411000000469412' 313 9.702 $ 1.940,35

25 20114229327 CONRERO ARMANDO JUAN 30709428078

JOSE LUIS CABALLERO Y HECTOR JAVIER IBAL SOC.

DE HECHO 7 CORDOBA '2850867040094528096908' 667 20.688 $ 4.137,51

26 20114229327 CONRERO ARMANDO JUAN 20065780047 MIE HOMAR LUIS DANTE 8 CORDOBA '0200434511000000030308' 192 5.945 $ 1.189,04

27 20114229327 CONRERO ARMANDO JUAN 23217574269 ZANOTTTI RICARDO...

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