Resolución 202. Dáse por declarado el estado de emergencia y\/o desastre agropecuario en la Provincia de Mendoza.

Fecha de disposición29 Junio 2016
Fecha de publicación29 Junio 2016
MateriaDerecho Público y Administrativo
SecciónResoluciones

Resolución 202/2016

Dáse por declarado el estado de emergencia y/o desastre agropecuario en la Provincia de Mendoza.

Bs. As., 28/06/2016

VISTO el Expediente N° S05:0025934/2016 del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, la Ley N° 26.509 y su Decreto Reglamentario N° 1.712 del 10 de noviembre de 2009, la Resolución N° 142 del 13 de abril de 2016 del citado Ministerio, el Acta de la reunión de la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS del 16 de junio de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que la Provincia de MENDOZA en la reunión del 16 de junio de 2016 de la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS, solicitó la declaración del estado de emergencia y/o desastre agropecuario en los términos de la Ley N° 26.509, que fuera dictado a través del Decreto Provincial N° 541 del 27 de mayo de 2016, modificado por el Decreto N° 672 del 14 de junio de 2016 a las propiedades rurales ubicadas en zonas bajo riego afectadas por efecto de las granizadas e intensas lluvias ocurridas durante el período agrícola 2015/2016 de diversos departamentos y distritos provinciales, desde el 18 de diciembre de 2015 al 31 de marzo de 2017.

Que el Artículo 1° del citado Decreto Provincial N° 541/16 declara en estado de emergencia agropecuaria a los siguientes departamentos y distritos: Departamento Luján de Cuyo: Distritos Perdriel y Vistalba; Departamento Maipú: Distrito San Roque; Departamento Las Heras: Distrito El Pastal; Departamento Lavalle: Distritos Costa de Araujo, El Carmen, El Chilcal, El Plumero, Ingeniero Gustavo André, Paramillos, San Francisco y Tres de Mayo; Departamento Tunuyán: Distritos Colonia Las Rosas, La Primavera, Las Pintadas y Tunuyán; Departamento Tupungato: Distritos El Zampal, La Arboleda y Tupungato; Departamento La Paz: Distrito Villa Antigua y Departamento San Martín: Distritos El Central y El Divisadero.

Que el Artículo 2° del citado Decreto Provincial N° 541/16 declara en estado de desastre agropecuario a los siguientes departamentos y distritos: Departamento Luján de Cuyo: Distrito Perdriel; Departamento Lavalle: Distritos Costa de Araujo, El Carmen, El Plumero, Ingeniero Gustavo André y El Chilcal; Departamento Maipú: Distritos Cruz de Piedra, Fray Luís Beltrán y Russell; Departamento Rivadavia: Distritos Andrade, La Libertad y Los Árboles; Departamento San Martín Distritos: El Central, El Divisadero, Las Chimbas y Nueva...

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