Resolución 20/2021

Fecha de publicación25 Enero 2021
SecciónResoluciones
EmisorINSTITUTO NACIONAL DE LA YERBA MATE


Posadas, Misiones, 21/01/2021

VISTO: las disposiciones de la Ley 25.564, el Decreto Reglamentario Nº 1.240/02, y las Resoluciones 11/2017 modificada por la Resolución 379/2020, y la Resolución 381/2020 del INYM, y;

CONSIDERANDO:

QUE, es función del INYM aplicar y hacer cumplir las leyes, decretos reglamentarios y disposiciones existentes y las que pudieran dictarse relacionadas con los objetivos establecidos en la Ley 25.564; identificando estrategias e implementando procedimientos tendientes a optimizar la competitividad del sector yerbatero.

QUE, respecto a la yerba mate canchada, el REGLAMENTO DE CONTROL DE CALIDAD DE MATERIA PRIMA DE YERBA MATE aprobado por Resolución 11/2017, de acuerdo a su texto vigente, establece las características y parámetros que debe cumplir toda yerba mate canchada, pudiendo ser intervenida preventivamente por el INYM en los supuestos que determina la norma, quedando en custodia y bajo responsabilidad del propietario y/o responsable hasta tanto se efectúe el análisis correspondiente de las muestras y el INYM determine su destino.

QUE, la yerba mate canchada es la materia prima con la cual se elabora la yerba mate envasada que constituye un alimento que debe ser convenientemente resguardado, la que conforme lo determina el mencionado Reglamento debe cumplir con determinadas características físicas y microbiológicas.

QUE, por Resolución 381/2020 de estableció el “RÉGIMEN DE INFORMACIÓN y CONTROL DE YERBA MATE CANCHADA IMPORTADA”, de aplicación a todos los operadores IMPORTADORES que realicen importación al territorio nacional de dicha materia prima, y a todos aquellos que tengan la tenencia de la misma a cualquier título.

QUE, dicho Régimen determinó el deber de información para los operadores importadores, la correcta identificación de la yerba mate canchada importada, como asimismo la intervención preventiva de dicha materia prima, y la forma de realizarse el control por parte del Área especializada a tal fin.

QUE, la cámara de Molineros de Yerba Mate de la Zona Productora ha sugerido a este Instituto la modificación del Régimen establecido por Resolución 381/2020, a efectos de adecuar el procedimiento y plazos de control, lo que fue abordado convenientemente entre las partes mediante comunicaciones telefónicas y correos electrónicos.

QUE, estando en vigencia el mencionado régimen, y atendiendo a los resultados obtenidos en los primeros procesos de control llevados a cabo, desde la Subcomisión de Fiscalización reunida en fecha 19/01/2021, se sugiere a este...

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