Resolución 2.527/05 de 29 de Septiembre de 2005

La Plata, 29 de septiembre de 2005.

VISTO: El expediente 2319-5219/89 por el cual se implementa el juego de Quiniela Múltiple en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, y

CONSIDERANDO:

Que se realizarán modificaciones en la reglamentación en lo referente a Quiniela Plus;

Que se incorporará una nueva variante poceada del juego de Quiniela Múltiple denominada "Super Plus";

Que es necesario actualizar el citado Reglamento con las modificaciones aludidas;

Que la presente se dicta de conformidad a lo dispuesto en el artículo 4º de la Carga Orgánica del Instituto Provincial de Lotería y Casinos aprobada por el artículo 2º del Decreto 1.170/92 -texto según Decreto 1.324/01- y en el Decreto 245/02 y sus respectivas prórrogas y Decreto 15/03;

Por ello

EL INTERVENTOR DEL INSTITUTO PROVINCIAL

DE LOTERIA Y CASINOS

R E S U E L V E :

Artículo 1º

Aprobar la variante poceada del juego de Quiniela Múltiple que se comercializará bajo la denominación "Super Plus". Los resultados de este juego se obtendrán de los dos primeros dígitos (unidad de mil y centena) del juego de Quiniela Múltiple Nocturna de la Provincia de Buenos Aires que se programen para esta variante, sorteándose a posteriori todas las repeticiones que hubiere.

Artículo 2º

Aprobar las modificaciones del Reglamento de Juego de Quiniela Múltiple que se detalla en el Anexo I de la presente y forma parte integrante de la misma, las que entrarán en vigencia a partir del día 26 de septiembre de 2005.

Artículo 3º

Ordenar la impresión de SEIS MIL (6.000) ejemplares de la modificación del Reglamento aprobado, para su distribución entre los Agentes Oficiales, por intermedio del Departamento Juegos.

Artículo 4º

Regístrese por el Departamento Despacho, publíquese en el "Boletín Oficial", notifíquese a quien corresponda y archívese.

Francisco Antonio La Porta

Interventor

ANEXO I Artículos 2 a 25

Modificación de Reglamento Quiniela Múltiple, Quiniela Plus y Super Plus.

Artículo 2º

El juego de Quiniela, consiste en efectuar apuestas en sus modalidades de Quiniela Múltiple, Quiniela Plus y Super Plus.

Artículo 5º

El procesamiento de los tickets participantes en cada concurso, se realizará mediante un sistema de computación de alta técnica, supervisado por el Estado, cuyo resultado hará plena fé y será inapelable. El ticket recibo entregado al apostador deberá consignar los siguientes datos: número de agencia...

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