Resolución 2/2023

Fecha de publicación13 Enero 2023
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTE SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN INTERJURISDICCIONAL
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales


Ciudad de Buenos Aires, 10/01/2023

VISTO: El expediente EX-2022-134837839-APN-DGD#MTR, los Decretos Nros. 159 de fecha 4 de febrero de 2004, 84 del 4 de febrero de 2009, 1479 de fecha 19 de octubre de 2009, 386 de fecha 9 de marzo de 2015, 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y 335 del 4 de abril de 2020, y las Resoluciones Nros. 35 de fecha 2 de marzo de 2012 y 50 de fecha 4 de junio de 2012, ambas de la entonces SECRETARÍA DE TRANSPORTE, 45 de fecha 10 de julio de 2012, 1379 de fecha 7 de noviembre de 2014, y 1953 de fecha 29 de septiembre de 2015, todas ellas de la entonces SECRETARÍA DE TRANSPORTE dependiente del ex MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, y N° 114 de fecha 17 de julio de 2018 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1° del Decreto N° 84 de fecha 4 de febrero de 2009 ordenó la implementación del Sistema Único de Boleto Electrónico (S.U.B.E.) como medio de percepción de la tarifa para el acceso a la totalidad de los servicios de transporte público automotor, ferroviario de superficie y subterráneo de pasajeros de carácter urbano y suburbano.

Que por el artículo 1° del Decreto N° 386 de fecha 9 de marzo de 2015, se sustituyó el artículo 1° del Decreto N° 84/2009, incorporando en la implementación del Sistema Único de Boleto Electrónico (S.U.B.E.) a los servicios de transporte fluvial regular de pasajeros con tarifa regulada prestados por empresas destinatarias del régimen de suministro de gasoil a precio diferencial previsto por el artículo 4° del Decreto N° 159 de fecha 4 de febrero de 2004.

Que la citada medida erige en calidad de Autoridad de Aplicación del Sistema Único de Boleto Electrónico (S.U.B.E.) a la entonces SECRETARÍA DE TRANSPORTE dependiente del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y en carácter de Agente de Gestión y Administración al BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, organismo autárquico en el ámbito del actual MINISTERIO DE ECONOMÍA, a quienes instruyó por su parte a suscribir el CONVENIO MARCO SISTEMA ÚNICO DE BOLETO ELECTRÓNICO, y los actos complementarios que resulten necesarios para la implementación y puesta en funcionamiento del mismo.

Que mediante el Decreto Nº 1479 de fecha 19 de octubre de 2009 se aprobó el CONVENIO MARCO SISTEMA ÚNICO DE BOLETO ELECTRÓNICO suscripto con fecha 16 de marzo de 2009 por la entonces SECRETARÍA DE TRANSPORTE dependiente del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y el...

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